lunes, 9 de mayo de 2011

LA ASOCIACION DE ABOGADOS LABORALISTAS RESPALDAN LOS RECLAMOS DE LOS JUDICIALES BONAERENSES

La Asociación de Abogados Laboralistas envió dio a conocer un comunicado expresando su "preocupación por la violación de los derechos laborales y humanos fundamentales por parte de los poderes del Estado de la Provincia de Buenos Aires".
La Asociación de Abogados Laboralistas expresa su profunda preocupación por la violación de los derechos laborales y humanos fundamentales por parte de los poderes del Estado de la Provincia de Buenos Aires y que genera que no se cumpla con la obligación del acceso a la justicia por parte de los ciudadanos.
Es justamente la violación del acceso a los derechos sindicales básicos para los trabajadores judiciales lo que origina el presente conflicto que determina que hace más de un mes no funcionen los tribunales judiciales en la Provincia de Buenos Aires.
Tanto la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires como el Poder Ejecutivo provincial desconocen la convocatoria a paritarias y la negociación colectiva como así también el Acta Acuerdo del año 2005 mediante la cual se establecía un sistema de negociación para que los trabajadores judiciales recuperaran la porcentualidad.
Más aún, mediante un Decreto obviamente resuelto en forma unilateral, el Poder Ejecutivo pretende otorgar un aumento salarial absolutamente insuficiente e inclusive estableciendo luego un trato claramente discriminatorio entre las diversas categorías del personal judicial y los jueces. Todo esto ha originado que los trabajadores judiciales recurran a la huelga en uso de sus legítimos derechos ante el avasallamiento producido.
El único camino de solución es respetar la normativa vigente y reestablecer la negociación colectiva como ámbito de discusión de los salarios y condiciones de trabajo, como así también los acuerdos en su momento firmados, para lo cual instamos tanto a la Suprema Corte como al Poder Ejecutivo provincial para que desistan de las medidas unilaterales que en ese sentido están tomando y que solo agravan la situación, y se encaminen en los términos que establece el art. 14 bis de la Constitución Nacional para que mediante el procedimiento establecido por la ley de asociaciones sindicales se arribe a una justa composición de derechos.



GUILLERMO PAJONI - Presidente



FERNANDO NUGUER - Secretario General

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