El resurgimiento de una nueva ola delictiva que azota una vez más al conjunto de la sociedad - con una sucesión de homicidios , robos , violaciones y secuestros de personas - agravada por la utilización de sofisticado y poderoso armamento, lo que la convierte en un severo obstáculo para lograr el fin de consolidar la paz interior y asegurar los beneficios de la libertad que son objetivos básicos de la constitución y obligaciones insoslayables del Gobierno..-
Esta agresión, por lo general, está provocada por delincuentes reincidentes o beneficiarios de excarcelaciones o regímenes de excusación de penas o usufructuarios de libertades "garanticidas" , obliga a quienes pretendemos vivir conforme a derecho y que en ello no se nos vaya "esa" vida , a ocuparnos del tema.-
La primera reflexión , sobre todo en la Provincia de Buenos Aires , apunta a considerar los sucesivos fracasos que , en la lucha por la legalidad y contra la delincuencia , se vienen operando como un rasgo distintivo de la gestión de gobierno.-
Salvo que se crea que la situación es buena o que ha mejorado el tema hoy convoca una vez más a reflexionar y , a modo de anticipo, resulta pertinente descalificar severamente a los responsables que incurren , por un lado en facilismos superficiales y, por otro lado , en la tozudez de sostener un rumbo errático en beneficio de un ideologismo inconducente .-
Si algo hay que admitir es que la actual situación debe revertirse dentro del marco constitucional conciliando la plena vigencia de las garantías constitucionales con el derecho a la seguridad que los habitantes tienen garantizado por la Constitución Nacional, Los Tratados Internacionales y las leyes que en consecuencia se dicten.
Por ello la inacción de los funcionarios por su incapacidad, impericia o dolo esta atacando, no sólo a los integrantes de la sociedad directamente afectados por la delincuencia organizada, sino también al propio estado de derecho vigente estructurado formalmente por la Constitución.-
Esa Constitución garantiza derechos elementales como la vida y la integridad física y moral de los habitantes a los cuales esos funcionarios y jueces deberían servir y no utilizarlos como materia prima de experimentos fracasados en otros lugares, incluso en los países de origen.
Las políticas sobre seguridad no se pueden medir por declamaciones, o consignas demagógicas, ni pueden ser objeto de utilización para satisfacer absurdas ideologías y, menos aún, convertirse en la probeta de experimentos de supuestos “garantistas” que lo único que han logrado es dotar a la delincuencia de doctrina y a los delincuentes de cobertura técnica convirtiendo, así, a los ciudadanos honestos y trabajadores en presa de una cacería aberrante.
Estas políticas, “garantistas” en sus demagógicas proclamas pero “garanticidas” en sus resultados, han logrado un efecto devastador.-
Este sistema plagado de inequidades resultó ser campo propicio para la violación de las garantías constitucionales elementales como la vida, la libertad, los bienes y el honor de los habitantes que, paradójicamente, lo sostienen.
Así la “sancionada” resulta ser la sociedad de la cual muchos de sus miembros ya no forman parte por haber sido ultimados o lo hacen con tremendos daños y angustias por la comisión de delitos cometidos por procesados y condenados que están en libertad bajo numerosas formas de levedad legal y perversión jurisprudencial.-
Hoy, como si esto fuera poco, pende sobre esa misma sociedad una nueva amenaza probablemente proveniente de alguna patología cargada de irrealismo o compensación por pasadas claudicaciones.-
En efecto muchos de los que hoy prohíjan este proyecto “oficial clandestino “, cuando en la Argentina no regía ninguna garantía constitucional formaban parte del patético poder judicial de la dictadura presentándose, hoy, como promotores de las garantías constitucionales cuando en realidad son descubridores tardíos y morosos de los derechos humanos que en su momento, desde ese poder judicial, contribuyeron a violar.
Olvidan, adrede o inconcientemente, que como lo enseñaba Alberdi que el Derecho Penal “no es el derecho de los delincuentes, sino el derecho de la sociedad, contra los delincuentes que la ofenden en la persona de uno se sus miembros”.-
Siguiendo a Alberdi no es derogando el Código Penal vigente para sustituirlo por un engendro vergonzante como se soluciona el drama de la inseguridad reinante. Hasta el mismo gobierno que promovió a sus autores, ahora lo hace desde de la clandestinidad, negando su carácter oficial. Quienes han cometido el desvarío de instaurar la inseguridad en la Argentina no se conforman con habernos mentido sobre las bondades del supuesto garantismo. Por el contrario, con esta propuesta de reforma, se jactan de ello y mandan a sus propagandistas, muchos de ellos burócratas judiciales o defensores sistemáticos de delincuentes, a vender las bondades mentirosas del engendro.
En este punto es necesario tener en cuenta que los mentirosos son como los violadores, en más de una ocasión se jactan de sus actos.- No es extraño, en definitiva la mentira es una violación a la verdad.-
De la realidad cotidiana y de lo expuesto resulta obvio que algo hay que hacer, pero no cualquier cosa y, menos aún, emplear como remedio una de las causas que nos llevaron a la actual situación del “garanticidio” imperante prohijado por el supuesto garantismo.-
En efecto esta propuesta de reforma esta impregnada, como bien lo afirmaron los Drs. Jorge Scala y Ricardo Bach de Chazal, en “...un patente desprecio por la vida y la dignidad humana”.
Así, a modo de síntesis esta reforma propone:
Eliminar la reincidencia como factor agravante del delito bajo la absurda teoría que se viola la prohibición de juzgar dos veces a una persona por el mismo hecho, cuando en realidad lo que se busca con ello es favorecer al reincidente frente al delincuente primerizo.
Amplia las facultades judiciales por debajo de la pena del tipo legal contrariando el principio de legalidad.
Elimina el agravamiento cuando el homicidio es cometido contra el cónyuge como así también el agravamiento de los delitos cometidos utilizando menores
Elimina el delito de secuestro extorsivo
No considera violación a la perpetrada por vía bucal (teoría Zaffaroni).
Reduce las penas en las violaciones agravadas y elimina el agravante por muerte de la víctima de violación.
Eleva la inimputabilidad penal a la edad de 18 años, prosiguiendo el camino iniciado por la dictadura en mayo de l983 que la elevó de 14 a 16 años.-
Despenaliza la tenencia de droga para uso personal contrariando el Tratado “ Convención de las Naciones Unidas Contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de Viena en 1988 facilitando el narcotráfico al menudeo.
Para evitar que esto se concrete deben retomarse los conceptos que determinan la vida en sociedad y que llevan al individuo a considerarlo como portador de derechos fundamentales y de obligaciones insoslayables.-
A tal fin se hace necesario ,para asegurar la convivencia dentro de la ley , que los individuos deleguen en el poder estatal el monopolio de la fuerza, pero esa delegación esta necesariamente condicionada a que se aseguren la vigencia de derechos y garantías que “justifiquen” esa « pérdida » parcial de libertad individual.
Entre esos valores, precisamente, esta la seguridad que, si bien admite un cierto grado de incertidumbre, éste debe ser de menor entidad.
Por el contrario, si el margen de inseguridad adquiere una dimensión superlativa donde el individuo percibe el riesgo de la violación a la ley en su perjuicio, con una alta probabilidad de verificarse en lo concreto, como sucede esta realidad “garanticida”, se arriba a una situación de descontrol y desconfianza social e individual que puede llegar a impugnar la existencia misma del Estado como forma de convivencia conveniente.-
Ese Estado, hoy más que nunca, resulta imprescindible que este orientado a identificarse con la vida resguardándola tanto de la agresión privada como de la estatal.
Si esas agresiones , son fáciles de concretar y , además , se ejecutan con grosera impunidad , el gobierno que las posibilitó habrá hecho claudicar al Estado de su función primordial de dar seguridad a sus habitantes de poder ejercer el derecho a la vida.-
En definitiva , como dice Heller , “El Estado no es otra cosa que una forma de vida humano –social , vida en forma y forma que nace de la vida “.
Hoy los gobiernos del estado argentino en general y el provincial en particular , están muy lejos de cumplir ese mandato, seguramente por la ineficacia o impericia de funcionarios que entre otras excentricidades prohijan y fomentan un “modelo” que acreditó su fracaso con perdida de vidas humanas y lesiones a las personas en su honor, sus sentimientos y sus bienes.-
DR. GUSTAVO DEMARCHI
ABOGADO
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