Fue en el marco de la causa por presunta desobediencia a la autoridad y
tentativa de estafa. El titular de la AFSCA pedirá que se cite a declaración
indagatoria a los responsables de la empresa.
tentativa de estafa. El titular de la AFSCA pedirá que se cite a declaración
indagatoria a los responsables de la empresa.
El titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación
Audiovisual Martín Sabbatella pidió este viernes ser tenido como
parte querellante contra Cablevisión S.A., por la presunta comisión
de los delitos de desobediencia a la autoridad ytentativa de estafa
procesal.
Audiovisual Martín Sabbatella pidió este viernes ser tenido como
parte querellante contra Cablevisión S.A., por la presunta comisión
de los delitos de desobediencia a la autoridad ytentativa de estafa
procesal.
La denuncia penal es fruto del incumplimiento por parte de esa compañía
de una parte sustancial de la grilla de señales televisivas establecida por
AFSCA en el marco del cumplimiento de la ley de Servicios de
Comunicación Audiovisual.
de una parte sustancial de la grilla de señales televisivas establecida por
AFSCA en el marco del cumplimiento de la ley de Servicios de
Comunicación Audiovisual.
El escrito se presentó cerca del mediodía en el Juzgado Criminal y
Correccional Federal n° 9 de la Ciudad de Buenos Aires. Luego
de un sorteo dispuesto por la Cámara Federal en lo Criminal
y Correccional, la querella fue enviada al Juzgado Federal n° 2 de
ese fuero, a cargo del Dr. Sebastián Ramos.
Correccional Federal n° 9 de la Ciudad de Buenos Aires. Luego
de un sorteo dispuesto por la Cámara Federal en lo Criminal
y Correccional, la querella fue enviada al Juzgado Federal n° 2 de
ese fuero, a cargo del Dr. Sebastián Ramos.
La empresa, con capital mayoritario del Grupo Clarín y que aún
detenta más de dos tercios del mercado argentino de televisión por
suscripción, no acató totalmente las resoluciones del organismo, aun
cuando el 16 de mayo de 2012 el Juzgado Contencioso Administrativo
n° 9 ordenó el cumplimiento efectivo de lo dispuesto en el art. 65 inc.
3 b del Decreto 1225/10 y artículos 1, 2, 3, 4 y 5 de la resolución
296-AFSCA/10.
detenta más de dos tercios del mercado argentino de televisión por
suscripción, no acató totalmente las resoluciones del organismo, aun
cuando el 16 de mayo de 2012 el Juzgado Contencioso Administrativo
n° 9 ordenó el cumplimiento efectivo de lo dispuesto en el art. 65 inc.
3 b del Decreto 1225/10 y artículos 1, 2, 3, 4 y 5 de la resolución
296-AFSCA/10.
Esas normas, remarcaron desde la AFSCA, son las que establecen qué
señales televisivas y en qué ubicación de la grilla deben ser incluidas
obligatoriamente por los prestadores de servicios de televisión por
suscripción.
señales televisivas y en qué ubicación de la grilla deben ser incluidas
obligatoriamente por los prestadores de servicios de televisión por
suscripción.
Ante la negativa reiterada por parte de Cablevisión S.A. a cumplir con
la grilla establecida, la Cámara de Apelaciones de ese fuero fijó, el 6
de junio de 2013, una sanción conminatoria, conocida como astreintes,
de $ 2.000 de multa por cada día de incumplimiento de la orden judicial.
la grilla establecida, la Cámara de Apelaciones de ese fuero fijó, el 6
de junio de 2013, una sanción conminatoria, conocida como astreintes,
de $ 2.000 de multa por cada día de incumplimiento de la orden judicial.
Pese a eso “Cablevisión S.A. continuó en su tesitura de desobedecer la
orden de la autoridad judicial y con diversos recursos e impugnaciones
ha diferido la ejecución de las astreintes mencionadas”, señaló Sabbatella,
quien además precisó que a la fecha, el monto de astreintes asciende,
aproximadamente, a la suma de $ 494.000.
orden de la autoridad judicial y con diversos recursos e impugnaciones
ha diferido la ejecución de las astreintes mencionadas”, señaló Sabbatella,
quien además precisó que a la fecha, el monto de astreintes asciende,
aproximadamente, a la suma de $ 494.000.
En diciembre de 2013, la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación
rechazó rever esa disposición de la Cámara confirmando la vigencia de la
medida que Cablevisión S.A. se niega a respetar.
rechazó rever esa disposición de la Cámara confirmando la vigencia de la
medida que Cablevisión S.A. se niega a respetar.
En la denuncia presentada este viernes se señala que “Cablevisión S.A.
deliberadamente incumple la Ley nº 26.522 y su Decreto Reglamentario
nº 1225/10 en cuanto al ordenamiento de su grilla de programación;
deliberadamente incumple las resoluciones de esta Autoridad Federal
que regulan la actividad (Resolución 296-AFSCA/10); deliberadamente
incumple una medida cautelar dispuesta por un juez de la Nación que la
obliga a respetar la ley y sus resoluciones, ratificada por la Cámara en lo
Contencioso Administrativo Federal y por la mismísima Corte Suprema; y deliberadamente incumple la sanción conminatoria que le ha impuesto el
juez de la causa para que sea respetada su decisión”.
deliberadamente incumple la Ley nº 26.522 y su Decreto Reglamentario
nº 1225/10 en cuanto al ordenamiento de su grilla de programación;
deliberadamente incumple las resoluciones de esta Autoridad Federal
que regulan la actividad (Resolución 296-AFSCA/10); deliberadamente
incumple una medida cautelar dispuesta por un juez de la Nación que la
obliga a respetar la ley y sus resoluciones, ratificada por la Cámara en lo
Contencioso Administrativo Federal y por la mismísima Corte Suprema; y deliberadamente incumple la sanción conminatoria que le ha impuesto el
juez de la causa para que sea respetada su decisión”.
La querella, de 25 páginas, incluye referencias a fallos judiciales que
ordenaron a la compañía de cable del Grupo Clarín incluir nuevas señales
de televisión en la programación ofrecida a los abonados, como CN23,
QM Noticias y Córdoba 24 Noticias, entre muchas otras.
ordenaron a la compañía de cable del Grupo Clarín incluir nuevas señales
de televisión en la programación ofrecida a los abonados, como CN23,
QM Noticias y Córdoba 24 Noticias, entre muchas otras.
Además de las acciones judiciales iniciadas por AFSCA, las mismas
señales televisivas afectadas por Cablevisión S.A. presentaron sus
propias denuncias para que se respeten sus derechos y el derecho del
público a acceder a una programación plural y diversa, como la promovida
a partir de la sanción de la ley 26.522.
señales televisivas afectadas por Cablevisión S.A. presentaron sus
propias denuncias para que se respeten sus derechos y el derecho del
público a acceder a una programación plural y diversa, como la promovida
a partir de la sanción de la ley 26.522.
Además de la denuncia por desobediencia de autoridad (artículos 239,
45 y concordantes del Código Penal de la Nación), la AFSCA apuntó que
Cablevisión también incurrió en tentativa de estafa procesal (tipificada
en los artículos 172 y 42 de ese mismo código).
45 y concordantes del Código Penal de la Nación), la AFSCA apuntó que
Cablevisión también incurrió en tentativa de estafa procesal (tipificada
en los artículos 172 y 42 de ese mismo código).
Se señala en el escrito que Cablevisión S.A. presentó en el Juzgado
Contencioso Administrativo N ° 9 “documentación de manera
fraudulenta para inducir a error al magistrado interviniente en claro
perjuicio de esta Autoridad Federal y, de este modo, liberarse del pago
de los $ 494.000 en concepto de astreintes”.
Contencioso Administrativo N ° 9 “documentación de manera
fraudulenta para inducir a error al magistrado interviniente en claro
perjuicio de esta Autoridad Federal y, de este modo, liberarse del pago
de los $ 494.000 en concepto de astreintes”.
Por último, AFSCA solicita que se cite a declaración indagatoria
a los responsables de Cablevisión S.A., para dar cuenta de estos graves incumplimientos a la ley.
a los responsables de Cablevisión S.A., para dar cuenta de estos graves incumplimientos a la ley.
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