sábado, 21 de julio de 2012

LA JUBILACION "NO ES SUSCEPTIBLE DE SER ALCANZADA POR EL IMPUESTO A LA GANANCIA" DICTAMINO LA JUSTICIA FEDERAL DE MAR DEL PLATA

 

En el reclamo por "la inconstitucionalidad de la aplicación de la ley de Impuestos a la Ganancia aplicada a la jubilación".
El jubilado Marcelo Asmar, representado por la doctora Mónica Castañeira, presentó un amparo en el Juzgado Federal Nº2 contra la AFIP reclamando "la inconstitucionalidad de la aplicación de la ley de Impuestos a la Ganancia aplicada a la jubilación" y logró que esa instancia judicial fuese habilitada.
La resolución que acogió el amparo salió el pasado 13 de julio -antes del inicio de la feria judicial-, declarando "la inconstitucionalidad de la aplicación de la Ley de Impuestos a la Ganancia sobre la jubilación, que no es una ganancia, sino la justa retribución de una tarea", consideró la letrada.
"El impuesto a la ganancia sobre el haber jubilatorio no corresponde, porque no hay ganancia -añadió-. La ganancia existe en aquel que tiene una inversión que corre un riesgo empresarial y tiene o no ganancia".
En la opinión de Castañeira, es "autoritario el tema, porque los que tienen haberes -ya sean activos o pasivos- son cautivos porque sí o sí les descuentan. Además, este caso es el de un haber de un jubilado que ya aportó cuando estaba en actividad". Así, se declaró "inconstitucional la aplicación de la Ley de Impuesto a la Ganancia sobre la jubilación".
En la resolución se detalló que la jubilación de Asmar "no es susceptible de ser alcanzada por el impuesto a la ganancia, teniendo en cuenta el carácter alimentario del beneficio, y que es producto de los aportes extraordinarios realizados por el peticionante durante su vida laboral a fin de acceder a una vejez decorosa". El amparista tiene 95 años.
Ahora hay que esperar lo que defina la AFIP, que puede llegar a apelar.


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