miércoles, 24 de febrero de 2016

JUEZA ORDENO A LA MINISTRA DE SEGURIDAD Y EX MILITANTE MONTONERA NO APLICAR PROTOCOLO EN MOVILIZACION DE ATE


 
El Ministerio Público de la Defensa había acompañado a un dirigente de ATE Capital en su pedido de Habeas Corpus Preventivo. La jueza ordenó, entre otras medidas, que las fuerzas de seguridad no lleven armas de fuego a la manifestación, ni disparen con balas de goma.
Bruno Martínez se presentó en la Justicia como miembro del Consejo Directivo de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) de Capital. Pidió un habeas corpus preventivo porque entendía que el nuevo protocolo presentado por Patricia Bullirch, ponía en peligro su libertad ambulatoria de cara al paro nacional convocado por ATE. Dicho más claro, que podía ir preso por participar de las actividades de movilización y reclamo ante los despidos de miles de trabajadores estatales.
En el escrito presentado por Martínez, se dice que el nuevo protocolo “avanza inconstitucionalmente sobre competencias locales no delegadas al Gobierno Federal, y que, en segundo lugar, de acuerdo a la Constitución y legislación vigente de la Ciudad, limita ilegítimamente el derecho a la protesta, a la libertad de expresión y a la huelga”.
La jueza Graciela Dalmas hizo lugar al recurso en la tarde del martes y resolvió que el Ministerio de Seguridad tenía que garantizar tres medidas durante el paro del 24 de febrero.
La primera: “Que las fuerzas de seguridad no porten armas de fuego, ni utilicen balas de goma contra la manifestación”. La segunda, que “en caso de realizar alguna aprehensión en el marco de la movilización, deberán actuar sólo con autorización del Ministerio Público Fiscal correspondiente, con la intervención de un magistrado de la Ciudad, que deberá dar intervención a la Defensoría Oficial que corresponda” y en la última: “Identificar a una persona civil responsable políticamente del operativo, y que esa persona garantice la seguridad de los manifestantes y lleve adelante las negociaciones”.
Las tres medidas estaban previstas en el protocolo anterior para la intervención en manifestaciones, que se aprobó en 2011 cuando la ministra de Seguridad era Nilda Garré.
Entre los argumentos que presentó Martínez y aceptó la jueza Dalmas, se considera que “la afirmación de que una marcha implique la comisión de un delito constituye lisa y llanamente impedir el derecho a manifestarse públicamente”, garantizado por la Constitución Nacional. Y, al mismo tiempo, “vulnera el derecho a la libertad de expresión del artículo 19 y el derecho de reunión pacífica del artículo 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el derecho de huelga del artículo 8 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”.
Antecedente y crisis
Como primera medida resolutoria, Dalmas acepta declararse incompetente. Su fuero es el Penal, Contencioso y Contravencional, de modo que no está claro si le corresponde decidir sobre el recurso presentado. Para evaluar esa alternativa, dice la resolución, hubiera hecho falta la investigación de una fiscalía que no pudo llevarse adelante por falta de tiempo: “Atento la inminencia del acto organizado por las centrales obreras convocado para el día de mañana a las 11:00 hs., considero que corresponde expedirme sobre las medidas cautelares solicitadas”.
Sin embargo, de sostenerse en nuevas instancias la resolución adoptada por la jueza, el protocolo presentado por Bullrich entraría en crisis. La lógica dice que si el reglamento es inconstitucional mañana, también lo será más adelante.
Falta de consenso para la coerción
El protocolo ya había recibido fuertes críticas de diferentes sectores. Este martes había formado parte de la agenda que los organismos de Derechos Humanos llevaron a la reunión con el presidente Mauricio Macri. Y también Hugo Moyano había anunciado que desde su central no respetarían la restricción de la protesta. Días antes, cinco provincias habían decido no poner en funcionamiento el reglamento bajo sus territorios y diferentes sindicatos y asociaciones de periodistas se habían pronunciado contra la limitación del periodismo a una “zona determinada”.

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