El mismo expresa textualmente:
Sr. Juez:
Gustavo Demarchi, abogado
(T.70- F.558-CFALP) con domicilio legal ya constituido en ejercicio de mi
propia defensa en la Causa Nº 13.793, y en mi carácter de preso político, vengo
en los términos del art. 73 del CPPN a ampliar la indagatoria en los siguientes
términos:
Que
sin perjuicio de mantener los términos de la recusación en trámite formulo las
siguientes apreciaciones:
I.- ANÁLISIS
DE PRUEBA DOCUMENTAL APORTADA POR EL TESTIGO ABEL AYALA.-
Que del ejemplar
del diario “La Capital” del 28 de octubre de 1983 de fs. 6572, surge el apoyo a mi candidatura por el
Partido Justicialista para la intendencia de Mar del Plata de numerosos
profesionales que resultaría incompatible si el suscripto hubiera tenido algún
grado de participación en los hechos que falsamente me atribuye el fiscal
basado en una instrucción irregular como se vio armada por el Tribunal Oral
Federal en los Criminal de Mar del Plata dos de cuyos integrantes (Roberto Falcone
y Mario Portela ) integran el listado de fervientes apoyadores de mi
candidatura a Intendente.-
¿Qué pasó no
sabían lo que hoy dicen que era público de mi actuación como Fiscal? No! saben
que lo que hoy afirman en esa instrucción irregular caracterizada por apretar
testigos (ver testimonio de Suarías) o instruyendo y aconsejando testigos antes
de que declararan (ver declaraciones de Amílcar González, José Luis Ponsico,
Marisa Murgier, Armando Abruzza, Laura Vulcano, Marcos Verde, Fortunato De la
Plaza , entre otros) es mentira y falso.-
Corrobora ello
las publicaciones del fs. 6573 a 6590 donde se me muestra como un dirigente
(fs. 6576) sin impugnación alguna y menos con referencia a los hechos
“diseñados” por la instrucción del tribunal oral. Más aún, se resalta a fs.
6582 que mi propuesta desde el Partido Justicialista era “La plataforma justa
para Mar del Plata” y declara que “En las internas peronistas hay un justo
vencedor” refiriéndose a mi persona. ¿Podría esto afirmarse sin oposición
interna de sectores, incluso, provenientes de la llamada izquierda peronista, representada en su
momento por el compañero Dr. Luis Omoldi (ver fs. 6575) si el relato oficial de
los instructores tuviera un sesgo de veracidad? A fs.6583 se acredita que se
consolidó alrededor de mi candidatura “… la unidad partidaria” estando
presentes en la fotos todas las líneas integrantes del Peronismo local, sin que
existiera mención alguna a cuestionamiento alguno por mi actuación como Fiscal
del entonces último Gobierno Peronista , que era constitucional, republicano y
democrático.-
A
“posteriori” a fs. 6584 se da cuenta,
arriba de mi foto, “Demarchi: el mejor
candidato” y a la izquierda un resumen de mi actividad anterior, resaltando mi
actuación contra la dictadura que desde el poder judicial integraron los
instructores Parra y Portela como ya reseñó y el camarista Ferro.-
Qué paradoja!!
Los serviles secuaces desde el Poder Judicial de la dictadura durante mi “...
secuestro por los esbirros de la dictadura y durante varios días...” (ver final
del artículo indicado y Causa 14.451, acumulada a la presente conforme
resolución de fecha 11 de marzo de 2013), son quienes
promocionaron esta causa llegando incluso en plena audiencia testimonial
aconsejar y ayudar a los testigos como lo hizo el juez Portela (ver declaración
de Eduardo Salerno, obrante en autos) .-
Resulta
impensado que el multitudinario acto (50.000 asistentes según el periódico) que
se realizó el 17 de octubre de 1983 en
la Plaza San Martín donde usé de la palabra, pudiera haber sido convocado y
realizado en paz por quien hubiera participado de los horribles hechos que la
parcial instrucción me atribuye y el fiscal repitió con vergüenza ya que me
aviso antes (viernes 5/11/10) de la presentación de la requisitoria que la iba
a formular por presión del “poder”, sin especificar cual, a través del Dr. Martín Vallejo.-
Incluso, si se
lee quienes participaron junto a mí encontrarán en la foto de la izquierda a
uno de esos testigos de esa instrucción: Julio Lencinas!!
¿Resulta
probable o posible que un candidato a intendente por un partido de masas,
abierto a diferentes matices, incluso provenientes de la izquierda, no haya
aprovechado dicha exposición personal, que significa ser candidato a
intendente, para producir las objeciones lógicas de ser verdad lo que aquí
testigos falaces aseguran en mi detrimento? Absolutamente no!
El peronismo
adolece de muchos defectos, no lo voy a negar, pero no es suicida para
presentar a la sociedad un candidato que pudiera reunir los deméritos que
falsamente aquí se me atribuyen. Menos aún que, quien los formulan fueron mis
adeptos como los jueces nombrados Portela y Falcone (fs. 6572) y la testigo;
hoy cargosa en autos, ayer (1983) adepta a mi candidatura, Susana Salerno,
esposa de uno de mis colaboradores más cercanos en la campaña electoral Pablo
Vacante, quien a pesar de haber competido conmigo en la interna partidaria (él,
Vacante como Salerno, adscribían junto a los ex CNU Dalmasso, Juan
Carlos Olivieri y otros a la lista encabezada por el dirigente Antonio Garivoto
denominada M.U.S.O.) , convoqué como signo de unidad y su
actuación no me defraudó, fue fiel colaborador, maguer inexplicablemente, ha
callado, ahora, frente a las mentiras de su mujer, novia según ella a la vez
del asesinado Gasparri, en la declaración prestada en autos.-
Toda esa
ausencia de impugnación alguna podrá ser corroborada por el periodista Gerardo
Gómez Muñoz que es quien aparece en la foto como periodista interrogador
conforme se puede en la foto integrada a
la foja 6589.-
II.
– ANÁLISIS DECLARACIÓN DE MUÑOZ, ALBERTO FABIÁN DEL 26 DE FEBRERO DE 2013.-
(“Canes timidi vehementius latrant”: Los perros más cobardes son los que más ladran’).-
La
hace en la Causa Nº 5861 anexada a la 13.793
A fs. 130 de la
esa Causa Nº 5861 hace un relato donde se reconoce de organizaciones de lo que
él llama “izquierda del peronismo” que también reconoce, más adelante, era
parte de “agrupaciones montoneras” donde revela una persecución que atribuye a
CNU sin dar ningún dato personal que permita identificar a los supuestos
perseguidores. Solo aporta un apodo carente de posibilidad alguna de constatar
pertenencia personal o identificación, “cara de luna”, dice, para luego sostener que un compañero de él de
nombre “Amado” (sic) apodado “el laucha”
si le dijo quienes eran pero al momento
de la declaración AFIRMA: “no puedo
recordar que nombres mencionó”.-
Esta última
afirmación no se compadece con la importancia del hecho, la persecución
relatada, pero no recuerda quienes la hicieron según su compañero de militancia
montonera “Amado”. ¿Qué extraño parece ser que recuerda con detalles el hecho y
cuando su memoria lo proyecta a los autores de esas amenazas y persecuciones
que le otorgan a las mismas la autoría lo
invade el olvido? ¿Como puede asegurar que era una facción política
determinada sin tener presente a los
autores de esa violencia? Va de suyo que la identificación de un grupo político
de las características relatadas por Muñoz se logra a través de sus
integrantes, sin ello resulta poco creíble ya sea el hecho en sí o el olvido
del testigo. Una de las dos situaciones que se den desmerecen y le resta
idoneidad al relato testimonial.-
El
resto del relato resulta tan confuso como lo anterior, está cargado de dichos
de terceros (el padre), dudas (no recuerda si estaban uniformados los que
supuestamente ingresaron a su casa), creencias o impresiones (yo creo que los
que entraron a la casa de mis padres era la misma gente de CNU...). A pesar de
tantas dudas y olvidos asegura dogmáticamente sin referencia fáctica alguna que
“el grupo contaba con el apoyo de las fuerzas militares”, para luego asumir el
rol de entendido en la materia cuando afirma que “esto implica una
planificación previa.
A continuación
desconoce dichos de su hermano y luego agrega que no conoce personalmente a
ninguna de las personas que le nombra el Juez, a pesar de ello, del
desconocimiento, recurre a la mentira difamatoria que impera en muchos testigos
de esta causa, refiere “se decía que (de Demarchi) que tenía un nivel
dirigencial dentro de CNU, que era conductor” siempre la cobarde actitud del
difamador de asegurar mentiras como la expuesta con el recurso leguleyo,
(quizás aportado por el Jefe de Redacción de estos testimonios el Dr. Falcone),
de: “se decía”. Igual actitud de indudable intención difamatoria por un lado y
de cobardía testimonial es la aseveración de que Gustavo Demarchi, los
Catuogno, los Piantoni, Gómez esos nombres eran públicos en la ciudad y esa
identificación de estos nombres con la agrupación CNU era pública, pero no dice
que a él le conste ni da datos de su aseveración, del mismo modo que atribuye a
Hugo Moyano de manera inconsistente y sin aportar prueba de hecho fáctico
alguno la identificación con CNU.-
Párrafo aparte
merece la aseveración infantil de las agrupaciones que integraban montoneros,
por contraposición a lo que él llama la derecha peronista, eran espontáneos “…
los procedimientos que hacía la guerrilla duraban segundos”. ¿Qué nos quiere
decir este mentiroso serial? ¿Qué un guerrillero pasaba espontáneamente por la
puerta de la casa de José Rucci y en un segundo se le ocurrió que tenía que
matarlo acribillándolo a balazos? ¿O que algún guerrillero montonero estaba
paseando en las cercanías de la casa de Marcelino Mansilla y vio que este
secretario General de la CGT de Mar del
Plata salía justo de su casa y entonces “espontáneamente” y en “segundos” lo
mató de varios tiros? No, miente y lo confirma la copia del ejemplar del
Descamisado que celebra ese crimen llamándolo “ejecución” que se acompaña. ¿O
quizás este fabulador nos quiere decir que algunos terroristas (hasta ahora no
se sabe qué organización criminal integraban) caminaban alegremente por la
calle Güemes de Mar del Plata de
madrugada y al llegar a la intersección de la calle Formosa, el 20 de Marzo de
1975, al ver pasar al Dr. Ernesto Piantoni en un Citroën CV3 se les ocurrió
“espontáneamente” matarlo?
¿ El testigo se
referirá a que “espontáneamente” algunos terroristas, compañeros o no de él, el
11 de agosto de 1974 paseando por la
ciudad de Villa María (Córdoba) se les ocurrió efectuar el Copamiento de la
Fábrica Militar y aprovechando que estaban ahí “espontáneamente” secuestraron y mantuvieron por “segundos” (en este caso
muchos, fueron 372 días) al Cnel. Argentino del Valle Larrabure secuestrado y
torturarlo también “espontáneamente” hasta matarlo vilmente?
¿ A lo mejor el
fabulador, travestido a testigo, se refirió a que algunos de sus compañeros de
militancia terrorista “espontáneamente” y quizás a modo de desempolvar
inquietudes infantiles de jugar la guerra con soldaditos de plomo y aviones de
plástico, al ver en los cielos de Tucumán un avión Hércules, el 28 de agosto de
1975, cargado de gendarmes, “espontáneamente” y por una acción que duró algunos “segundos” derribaron ese avión
matando a 114 efectivos de menor grado de la Gendarmería Nacional”
¿Es posible
también que se refiera a que algún
distraído tucumano o residente en el “Jardín de la República” al pasar por la
residencia del suegro del Capitán
Humberto Viola y al verlo acompañado de su “peligroso batallón familiar”
integrado por su esposa y sus dos hijas
de 3 y 5 años creyó “espontáneamente” poder cumplir con el exterminio de
semejante grupo peligroso y asesinó al Capitán Viola junto a su hija de 3 años hiriendo a su otra
hija “en segundos” María Fernanda el 1 de diciembre de 1974?
Por último y, a
los fines de no arribar al cansancio
repugnante que lógicamente estos
hechos “espontáneos” realizados “en segundos” puede provocar en la lectura de
V/S quizás, quien sabe, el mentiroso Muñoz se refiera a que unos compañeros
terroristas, al deambular sin fin prefijado por el pueblo de Mansilla (Prov. de
Bs. As.), “espontáneamente” se les ocurrió tomar el pueblo, asaltando el banco
local copando la empresa de teléfonos, la estación de ferrocarril vigilando las
entradas y salidas del pueblo, para después reivindicar el hecho como
propaganda armada. Eso sí, no confesaron que fue una decisión “espontánea” ni
que duró unos “segundos”. –
¡Cómo puede
interpretarse que estos exabruptos no hayan sido motivo de una pregunta
ampliatoria!-
No resulta
creíble que quien lo interrogaba en ese particular acto no hayan advertido lo
descabellado de esa afirmación absurda contenida en la “espontaneidad” y la
realización “en segundos” de las acciones guerrilleras a que se refiere este
mendaz y lunático testigo.-
No es posible
dejar pasar estas afirmaciones de “espontaneidad” de los terroristas y que sus
acciones duraban “segundos” si tenemos en cuenta el martirio que comenzó el 19
de enero de 1974 el Tte. Cnel. Ibarzábal, salvo que se dé por cierto que un
número no precisado de terroristas en oportunidad de volver de alguna reunión
social se les ocurrió “espontáneamente” atacar el cuartel del Ejército en Azul
y ya que estaban ahí “en segundos” procedieron a secuestrar al Tte. Cnel.
Ibarzábal y “espontáneamente “retenerlo secuestrado en las peores condiciones
de vida durante diez meses en un lugar que encontraron “espontáneamente” y “en
segundos “asesinarlo de improviso. Podría seguir enumerando acciones
terroristas de la más repudiable criminalidad que según este falaz declarante
sostiene que eran acciones “espontáneas” sin planificación y que sucedían en
“segundos” durante un gobierno constitucional, democrático y republicano que
integré desde la Fiscalía Federal hasta que la dictadura me cesanteó y a muchos
de los hoy supuestos defensores de los derechos humanos los confirmó en sus
cargos (Zaffaroni, Ferro y tantos olvidadizos funcionarios judiciales ) o ascendió
como el “delicado” Dr. Portela quien supo promover, públicamente, el 28 de
octubre de 1983, junto al Dr. Roberto
Falcone y la mendaz testigo Susana Salerno, como se acreditó con la publicación
acompañada por mi y reiterada a fs. 6572 por el testigo Ayala, mi candidatura a
Intendente de Mar del Plata por el Partido Justicialista en las elecciones del
30 de Octubre de 1983.-
Resulta insólito
y aún descabellado tomar este testimonio como tal, las declaraciones de este
supuesto testigo no solo importan una burda difamación, sino que también,
constituyen una falta de respeto a la
Justicia que dudo V/S comparta tomando esta declaración en cuenta al momento de valorarla según las reglas
de la sana crítica.-
Una vez más,
repito, no reproduce, esta declaración, un testimonio sobre los hechos
investigados que hayan percibido los sentidos del testigo. Por el contrario se
ratifica que es una declaración difamatoria ratificatoria del “relato”
mentiroso que han pergeñado, delibera y dolosamente, por los jueces del Tribunal
Oral Federal Criminal (nunca mejor puesto el nombre) de Mar del Plata que, en
violación del Tratado “Aguiar de Lapacó c/ Argentina“ celebrado por instancia
de la C.I.D.H. y que, en el art. 2 , atribuyó en exclusivo a las Cámaras
Federales en lo Penal el tratamiento de los juicios denominados de la verdad y
que el Tribunal Oral coronó su incompetencia convirtiéndolo en un juicio
perverso donde lo primero que pusieron en fuga fue, precisamente, la verdad.-
Más luego el
testigo afirma una atrocidad, si bien ajena al objeto procesal de autos, de la
que se han nutrido los difamadores en mi contra involucrándome en el asesinato
de la estudiante Silvia Filler a sabiendas, seguro, de que en la causa penal
respectiva agregada en autos, como consecuencia de ese crimen, surge indudable mi no participación en el
mismo, corroborada, mi ajenidad, al mismo por el propio cuñado de la víctima el
ex Rector de la Universidad Nacional de Mar del Plata Ingeniero Jorge Petrillo
como surge de la declaración pública que adjunto y que dice: “Que en pleno y
acabado conocimiento de los hechos sucedidos oportunamente el día 6 de
diciembre de 1971, como así también de las implicancias que rodearon a los
mismos, retiro mis dichos pronunciados en la reunión del Consejo Superior de la
Universidad Nacional de Mar del Plata del día 10 de noviembre de 1999, por lo
que no corresponde asociar bajo ningún aspecto ni circunstancia al Dr. Gustavo
Demarchi con el asesinato de la estudiante Silvia Filler.” (“Demarchi,
Gustavo s/ Denuncia”- Causa Nº 10.735- Juzgado Nº 1 Secretaria Nº 3)-, el
difamador, en esta oportunidad, se despoja de responsabilidad alguna asegurando
que no le consta “personalmente” con lo que su declaración no aporta nada a la
causa pero si se suma a la difamación cobarde que vengo soportando dentro y
fuera de esta causa por personajes de pocas valía como este supuesto testigo.-
Es un testigo
muy particular, nunca se acuerda de nada en particular. Es un especialista en
generalidades y siempre concluye que no puede aportar nada más, en esto es
coherente: su función no era, en esta causa, testimoniar sobre hechos que
percibieron sus sentidos y sobre sus
autores, sino difamar y lo hace con reprochable malicia ya que no reconoce a
nadie cuando se le exhiben fotografías de personas presumiblemente de CNU.-
¿Como sabe que
eran de CNU? ¿Sus perseguidores iban con uniformes, carteles o vinchas identificatorias de esa
organización?
¿O le iban
cantando o gritando alguna referencia a la misma?
Del mismo modo
dogmático, sin aportar sustento fáctico a sus afirmaciones interesadas, lanza
una creencia, no una percepción por sus sentidos, involucrando al gobierno de
entonces y se contradice con la falta de certeza esbozada en las respuestas
anteriores con la afirmación, sin aportar dato alguno corroborante, de que
había alrededor de la CGT una zona de exclusión, hecho inexistente, y que la
CNU estaba amparada por Moyano cometiendo una inexactitud histórica que torna a
este testimonio en una abstrusa declaración.-
En efecto, Hugo
Moyano en el año 1975 no era Secretario General de la CGT, por el contrario el
cargo, en ese entonces, era desempeñado por el representante del SUPE, Sr. Roberto Martín Comaschi, quien resultó
detenido el mismo 24 de marzo de 1976 (ver diario “La Capital” y diario “El Atlántico”
de los días 25 y 26 de marzo de 1976 que ofrezco como prueba) claro que, sobre
el final, el difamador después de sembrar la sospecha sobre Moyano, quien no
era integrante del cuerpo directivo de la CGT repito, reitera su exclusión de
responsabilidad al decir “a mí no me consta personalmente que la gente
identificada con CNU se reuniera efectivamente allí”. No le consta pero habla,
asegura, miente y difama.-
Nada aporta este
testigo, como no sea difamar y mentir sin arrimar datos objetivos que sostengan
sus impresiones, conjeturas o dichos de terceros y sin asumir la
responsabilidad de sus confusas afirmaciones por lo que resulta, de imposible
factura, valorar este testimonio de utilidad para la causa de conformidad con
las reglas de la sana critica (art. 241 CPPN).-
III.-
JUEZ ACONSEJANDO A TESTIGO.-
Que si bien ya
me expresé en la parcialidad de los instructores del Tribunal Oral Federal en
lo Criminal y su “asesoramiento” a los testigos para que declaren según “el
relato oficial” en la declaración del testigo Giordano de fs. 201 y vta. y
siguientes se muestra esta corrupción a las formas de interrogar de manera
letal.-
En efecto ahí el
testigo Giordano, después de reconocerse como integrante y cabecilla de la JUP
en la toma de la Universidad Católica en 1973,
ante la pregunta del Presidente del Tribunal si “esta toma contaba
con la anuencia de las autoridades de la entonces Universidad Católica ?.
Contesta “ Y yo recuerdo que los curas… Pironio tenían buena relación con
nosotros , yo recuerdo”.-
Ahí
es donde el Presidente del Tribunal banaliza su función y se transforma en un
corrector y afirma:”Más que Pironio, Siroti”, no pregunta corrige asegura una
circunstancia o un hecho y logra que el
testigo pida disculpas !.-
Giordano
contesta: “Sí, discúlpeme, ese nivel de precisión yo no lo tengo, hace
treinta años”. Un bochorno, una burla a la Justicia, una impostura a la magistratura
por parte del Presidente del Tribunal de juicio travestido a instructor por
defección de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata (ver art. 2
Acuerdo Aguiar de Lapacó vs. Argentina “obrante en autos y un testimonio
influenciado abiertamente que V/S sabrá evaluar como tal al momento de hacerlo
(art. 241 CPPN).-
IV.-PETITORIO:
1.- Por
ampliada indagatoria en los términos expuestos (arts.73 CPPN).-
2.-
Por ofrecido como testigo por las
razones expuestas a Pablo Vacante con domicilio en Mendoza esq.
Formosa de Mar del Plata y Gerardo Gómez Muñoz con domicilio en Av.
Chanpagnat Nº 2551, de la misma ciudad-
3.- Por peticionado careo del suscripto
en los términos del art. 276 y sigs. CPPN con
Fabián Alberto Muñoz.-
4.- Tenga presente lo expresado al punto
III, que
SERA JUSTICIA