lunes, 9 de septiembre de 2013

MAR DEL PLATA:DENUNCIARON A UNA MAESTRA DEL COLEGIO GIANELLI POR ABUSOS SEXUALES A NIÑOS DE 3 Y 4 AÑOS

Denunciaron a una maestra del colegio G       Twitter       En Foco       El Atlantico      

 
Violentas discrepancias de familiares afectados este lunes de protesta en el colegio. (Foto Diego Izquierdo)
  
                 
Violentas discrepancias de familiares afectados este lunes de protesta en el colegio. (Foto Diego Izquierdo)
 
Según testimonios, la profesora de música les habría enseñado a los nenes un “juego secreto” en el que les hacía bajarse los pantalones, los manoseaba y les pedía que la tocaran. Ahora, realizarán pericias psicológicas a los chicos
Padres de alumnos de salita de tres y cuatro del Instituto San Antonio María Gianelli denunciaron que la profesora de música habría abusado sexualmente de sus hijos en un “juego secreto” en el que les hacía bajarse los pantalones, los manoseaba y les pedía que la tocaran a ella. Desde la fiscalía informaron que el cuerpo médico no constató lesiones en los menores y que se les realizarán pericias psicológicas para revisar sus dichos. La causa aún no tiene imputados.
Suman más de treinta las denuncias por abuso sexual que realizaron el fin de semana contra la maestra de música que enseña en las salitas de tres, cuatro y cinco años del jardín y en primero y segundo grado del Instituto San Antonio María Gianelli, un colegio católico que funciona hace 55 años en la ciudad, ubicado en Fortunato de la Plaza al 4900. La mujer es docente de la escuela desde hace tres años y antes había ingresado como suplente. Imparte clases dos veces por semana. Dos veces por semana estuvo sola con los chicos.
La alarma sonó el viernes por la noche. Una mujer, durante una cena familiar, vio como su hijo de 4 años le bajaba los pantalones al primito y, al retarlo, el chico dijo que era un juego. Al nene le preguntaron dónde había aprendido ese “juego” y él explicó que se los enseñó la señorita de música en el jardín -Instituto San Antonio Gianelli-. “No lo cuenten a mamá y papá. Es un secreto”, les habría dicho la maestra a sus alumnos.
La mujer se comunicó con otros padres para explicarles la situación. La preocupación se extendió entre todos los que tenían hijos en las salitas de tres y cuatro. Los adultos hablaron con sus hijos, quienes en un primer momento se mostraron reticentes ya que se trataba de “un secreto”.
Los padres de una nena de salita de cuatro grabaron a su hija cuando ella explicaba que la señorita de música “les toca la cola a ella, sus compañeros y compañeras”.
Por testimonios de los chicos, uno de los matrimonios que realizó la denuncia informó que en el “juego secreto” la maestra de música les bajaba los pantalones a los nenes y nenas hasta las medias para luego tocarles la cola y los genitales. Además, según el mismo relato, la mujer penetraba con los dedos a los menores y luego les pedía que le manosearan los pechos y que también la penetraran con sus dedos.
El sábado se juntaron papás y mamás de 24 chicos de salita de cuatro del Instituto San Antonio Gianelli y realizaron la denuncia por abuso sexual en la comisaría de la mujer y la familia. Según dijeron los padres, una nena de cuatro años fue llevada al hospital Materno Infantil porque tenía lesiones en la vagina y un nene también fue revisado por médicos por irritaciones en el pene. Desde la Fiscalía informaron que no se constataron estas lesiones.
El domingo, fuentes policiales informaron que otros padres de chicos de tres, cuatro y cinco años que van al colegio San Antonio María Gianelli realizaron denuncias contra la misma docente por abusos sexuales.
El fiscal que investiga la causa, Fernando Castro, informó que este lunes, junto al cuerpo psicológico de la Fiscalía, entrevistarán a los menores para escuchar sus dichos. Estas pericias psicológicas fueron pedidas por urgencia, en las que se priorizará la saludad de los chicos.
Por otra parte, el fiscal expresó que a pesar de las denuncias no hay imputados en la causa y ordenó a la policía que custodiara el colegio y la casa de la docente para evitar incidentes.

La gota que rebalsó el vaso

El 26 de agosto denuncié que la profesora abusó de mi hijo de 4 años y nadie se hizo cargo”, le dijo una mujer a la directora del colegio Gianelli durante una reunión que hubo en el instituto ayer a la noche que terminó en insultos, peleas, destrozos y el pedido general para que las autoridades del lugar renuncien a sus cargos. Exigieron el inmediato despido de la docente y también señalaron que pudo haber tenido la ayuda de otra persona.
Alrededor de 70 padres se reunieron este domingo a la noche con la directora, la Madre Superiora y los abogados del Instituto San Antonio María Gianelli hablar por la “pesadilla” que están viviendo ellos y sus hijos desde el viernes entorno a la denuncia por abusos sexuales que presentaron contra la maestra de música. Desde la institución aseguraron que no volverá a trabajar en el lugar.
Es una vergüenza como descuidaron a nuestros hijos”, dijo uno de los presentes, quien manifestó que la docente utilizó a Dios para engañar a sus hijos, para que guardaran el secreto en torno a los abusos y así no ser castigados por la justicia divina.
La directora del colegio, Mirta Bugarini, dijo que ella no sabía de los hechos hasta el domingo cuando fue llamada por uno de los padres. Aseguró que a los docentes les realizan un test psicofísico por año y que las maestras son constantemente vigiladas para que no pasen mucho tiempo solas con los nenes y nenas.
“¿Cómo explicás que haya podido desnudar a 30 chicos? Pudo haber tenido la ayuda de otra persona”, cuestionó una mujer y agregó que “la sala de música está muy lejos de las demás aulas”. “Falla el mecanismo de control. Esto es culpa de las autoridades”, disparó otra mujer entre gritos y lágrimas.
El clima de la reunión se volvió más tenso cuando mujer irrumpió en la sala mostrando una denuncia policial, con fecha del 26 de agosto, en la que manifestaba que su hijo, de 4 años, había sido manoseado y abusado por la maestra de música.
Luego de explicar eso, la mujer le gritó a la directora: “¡Vos sabías hija de puta, vos sabías porque hablé con vos” y acto seguido le cruzó el rostro de una trompada y la siguió golpeando.
Algunos padres intentaron separarla. La mujer se trenzó en una pelea contra otra de las madres, que le pedía que se calmara. Rápidamente las personas desalojaron el aula donde se había desarrollado la reunión, quedando dentro la directora, la monja superiora y los abogados. Al colegio llegó personal de Prefectura y de la Policía. Entre los efectivos, alrededor de diez, se pusieron entre el salón y los padres para preservar la integridad física de las autoridades del instituto.
El enojo y la bronca creció cuando los padres, luego de la conmoción y la breve pelea, dieron cuenta que hubo otra denuncia el 26 de agosto y las autoridades del colegio no dijeron nada. Uno de los hombres rompió el vidrio del aula con la mano desnuda al grito de “sabías y no dijiste nada”. “Que renuncie, que renuncie, que renuncie”, gritaron todos los presentes ante la mirada de los uniformados.
Más personal policial llegó al establecimiento. También más familiares de los chicos del colegio. La situación se volvió aún más delicada cuando un grupo que estaba afuera entró y comenzó a insultar a los oficiales: “Defienden a estas basuras, le ponen dos patrulleros a la maestra y nuestros hijos fueron abusados”.
A los insultos le sucedieron nuevamente los destrozos: la misma mujer que había golpeado a la directora tomó una silla y comenzó a romper los vidrios que tenía al alcance. Unos hombres se enfrentaron contra los agentes a golpes de puño. Otros también rompieron lo que podían: una puerta, una ventana, algo. Unos mujeres, una de ellas con un bebé en brazos, lamentaron los daños hechos: “No es la forma, acá tienen que venir nuestros hijos a estudiar”.
En la reunión, sobre todo, hubo llanto, bronca y el odio y la impotencia de padres y madres por lo que les pasó a sus hijos, de 3, 4 y 5 años y por lo que les espera inmediatamente como pericias y psicólogos.
 
Fuente Diario El Atlántico de Mar del Plata

LEY DE MEDIOS: LIBERTAD DE EXPRESION O LIBERTAD DE EMPRESA

 

Pocas leyes en Argentina cuentan con una historia de luchas sociales y de movilizaciones durante los últimos treinta años, como la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, más conocida y bautizada por los grupos concentrados de la comunicación como LEY DE MEDIOS” afirma en una nota Osvaldo Francés (FOTO), Presidente de ARBIA/Co.Ra.Me.Co y Consejero del Consejo Federal de Comunicación Audiovisual.
En un detallado análisis elaborado por Francés resalta además que “es una Ley que sustituye la anterior “ley de la dictadura cívico militar””
En el escrito señala textualmente:
Además del consenso y la movilización de las organizaciones libres del pueblo; recorrió el país con su anteproyecto en más de 40 foros y audiencia públicas, es la ley que más votos tubo en su aprobación y con modificaciones de la oposición, la cual también la voto tanto en Diputados como en Senadores. Todas estas organizaciones de la sociedad civil que lucharon por una ley que sustituya a la de la dictadura confluyeron en la Coalición por una Radiodifusión Democrática y sus 21 puntos. En el informe del 2004 el relator de Libertad de Expresión dice que las reglas generales de defensa de la competencia no son suficientes para garantizar el pluralismo. La secretaria general de la FIP (la Federación Internacional de Periodistas) visitó Buenos Aires, en representación de la mayor confederación de sindicatos y asociaciones de periodistas del mundo, que agrupa a unos 600.000 trabajadores y trabajadoras de prensa de distintos países. Costa fue una de las expositoras del panel "Libertad de expresión, pluralidad y diversidad de voces" en los foros en apoyo a la Ley de Medios que se realizaron en Plaza Lavalle, frente a Tribunales, durante el primer día de la audiencia pública convocada por la Corte Suprema de Justicia.
La discusión actual es comercial/mercantilista y no por la libertad de expresión o de prensa, ya lo dejo claro la Corte en su último fallo, acá se discute poder y dinero.

Hagamos simple matemática, los tres artículos que están en discusión y un párrafo de otro (En total la Corte debe resolver 4 de 166 que tiene la ley) y ahí está la discusión, la desmonopolización del grupo, 230 licencias o sea 230 ciudades donde provee Cablevisión su señal, ahora multipliquemos 230 x 40000 abonados por $ 250 promedio por abonado, ese es el numero que desvela y sostiene económicamente al Grupo Clarín y dará cualquier batalla por sostener esa masa de dinero en sus arcas, acá es donde queda claro que el tema es dinero y poder, poder para hacer la cabeza a todos esos abonados con su desinformación real haciendo vivir un país virtual, el 65% de los abonados del cable en Argentina los provee Cablevisión. Según los estados contables del Grupo Clarín y considerando la opción más rentable, el Grupo Clarín debería desprenderse de empresas, facturación y ganancias anuales por 2.799 millones de pesos.

El Grupo Clarín está constituido como una sociedad anónima que cotiza en bolsa. De acuerdo a sus ventas, se encuentra entre las 20 empresas más importantes del país, superada por Techint, Telefónica, las grandes cerealeras y la banca internacional.

Clarín se encuentra dividido en cuatro “segmentos de negocios”: El primero, los servicios de comunicación audiovisual con vínculo físico, los cable-operadores Multicanal / Cablevisión, con presencia en doce provincias (Neuquén, Río Negro, Buenos Aires, La Pampa, Santa Fe, Córdoba, Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Chaco, Formosa, Salta) y la Capital Federal. Posee 3,4 millones de abonados, es decir el 56% del mercado. Sobre este soporte el Grupo distribuye internet de banda ancha y fibra óptica a través de Fibertel( Con su licencia caduca). Este segmento es el más rentable, representando 2/3 (65,45%) de todas las ventas del Grupo.

El segundo segmento son las publicaciones gráficas y el soporte para su producción. Es el mascarón de proa sobre el cual el Grupo construyó su posición dominante, el diario Clarín, y la controversial Papel Prensa. Además, el deportivo Olé y el gratuito La Razón, las revistas Revista Ñ, ARQ, Pymes, Elle, Genios y Tiki-Tiki. A través de la Compañía Inversora en Medios de Comunicación (CIMECO), el Grupo controla Los Andes de Mendoza y La Voz del Interior de Córdoba. También controla AGL, integrada por AGR (Clarín) y el diario El Litoral, la mayor planta impresora del país. Clarín está asociado con Techint en Impripost Tecnologías (para hacer impresión variable, es decir campañas de marketing directo). Es propietario de la agencia de noticias DyN y organizador de ferias como “Expo-Agro”.

El tercer ítem es la generación y distribución de contenidos. El Grupo controla Artear, propietario de las señales de cable: Metro, Volver, Magazine, TyC Sports (TSC) y Todo Noticias (TN) y propietario de los canales 13 (Capital Federal), 10 de Tucumán, 10 de Mar del Plata, 9 del Litoral, 9 de Resistencia y 10 de Río Negro. Participa de las productoras Pol-Ka, Ideas del Sur y Patagonik Film Group. En cuanto a radio, opera desde Mitre (Capital Federal, Mendoza y Córdoba) y FM 100. A través de IESA maneja las licencias de eventos deportivos. En el último segmento se encuentra la Compañías de Medios Digitales CMD que posee los sitios web Clarín.com, olé.com y otros. En este segmento está la compañía Gestión Compartida (GC), que terceriza la administración del grupo y brindan esos mismos servicios a otras empresas.

Se trata de una ofensiva internacional y de la oligarquía mediática que se ha hecho acompañar por las voces y los intereses de los grupos concentrados y corporaciones como PRISA de España, CNN, TELEVISA de México, GLOBOVISION de Venezuela, CARACOL de Colombia, MERCURIO de Chile, O’ GLOBO de Brasil y otras comandadas por la SIP (Sociedad Interamericana de Prensa) Organismo que nuclea a los propietarios de medios creada por el Departamento de Estado de EEUU en el año 1945 y dirigida en su inicio por el coronel Jules Dubois, ya en el V Congreso Interamericano de Prensa (Año 1950), por la delegación estadounidense, integrada por tres personajes claves: un representante del Departamento de Estado, Tom Wallace, y dos altos oficiales de la CIA, Joshua Powers y Jules Dubois. El trío era encabezado aparentemente por Wallace, pero en realidad el personaje central, como se demostraría luego, fue siempre Dubois, quien coordinó durante 15 años después la labor de la CIA-SIP en América Latina. Esta red de empresas mediáticas en todo el continente de extrema relación con los republicanos de EEUU bajo la tutela de la SIP defienden y quieren mantener corporativamente su statu quo.

La Ley es totalmente constitucional, la facultad que tiene el Congreso de la Nación de regular para evitar la concentración de medios, entendiendo que esa regulación no limita la libertad de expresión sino que, al contrario, tiende a garantizarla. Ese principio debe ser considerado por la Corte a la hora de analizar la constitucionalidad de la ley.

También existe una realidad que no está trabada judicialmente y es la entrega de licencias como indica la Ley, La AFSCA a entregado a la fecha según un informe realizado por ellos, 886 licencias, pero hay una mora del estado en entregar más de 4000 licencias en el país, medios de comunicación que están al aire, operativos y contemplados dentro de la ley 26.522 Ley de servicios de comunicación audiovisual, esa es una deuda a la fecha pendiente.
 

domingo, 8 de septiembre de 2013

GUSTAVO DEMARCHI DESDE SU INJUSTO CAUTIVERIO "AGRADECE Y RECONOCE LOS VALORES DE LA VERDAD, LA LEALTAD Y LA JUSTICIA"

       Cárcel de Marcos Paz, Setiembre de 2013


            Que han sido puestos de manifiesto por las contestaciones recibidas de diferentes amigos y amigas  que el infortunio, de sufrir un encarcelamiento injusto, me ha enseñado a valorar más de lo que ya lo hacía antes de este infame cautiverio.
            También quiero compartir con mi familia, mis amigos, mis cómplices del rugby, mis colegas que merezcan respeto y la ciudadanía que no es indiferente a las injusticias, que mi escala de valores, admito, sufrió variaciones.
           Desde siempre creí que la Justicia era el valor más alto en el plexo axiológico, hoy reconozco que dicho lugar, al menos en mí, lo ocupa la libertad. Entendí, quizás tarde, que sin ella no hay posibilidad de existencia de Justicia  alguna, en todo caso  se ensayara, como hace esta dictadura populista K, una parodia trágica de la misma.
          Ello me lleva a seguir luchando para lograr mi libertad y tratar de restituirme  a la lucha pacífica por el imperio del estado  de derecho avasallado por el delirio gubernamental y la obsecuencia de muchos jueces y fiscales que han perdido su dignidad a costa de sustentar un poder que parecen ignorar es pasajero. Ya se avizora el abismo.
          Mi procesamiento esta concretado con la aplicación del llamado “Derecho (¿?) Penal del Enemigo” para el cual no se necesitan pruebas ni observancia de los derechos humanos que, en vez de defenderlos, los  declaman y banalizan para satisfacer bajos instintos de venganza y odios propios del resentimiento de los mediocres, hoy convertidos en “intelectuales funcionales” a la dictadura populista.
            Gracias por los apoyos y las solidaridades, mi conducta  a cambio de ello  es que: NO ME RINDO.
            Un abrazo virtual que pronto será material.
                                                      Gustavo Demarchi
                                                        “El Búho”.                   

  

EL JEFE DEL EJERCITO CESAR MILANI PLANTEO AL JUEZ NULIDAD PARCIAL DE LA DENUNCIA EN SU CONTRA

 

El jefe del Estado Mayor del Ejército rechaza la supuesta utilización de servicios de espionaje para política interna, al considerar que esa imputación carece de pruebas fehacientes y de fundamentos, y es imprecisa

El jefe del Estado Mayor General del Ejército, César Milani, se presentó por medio de un abogado ante la Justicia y pidió la nulidad de un tramo de la acusación por supuesta inteligencia militar para cuestiones de política interna.
La presentación fue hecha en los últimos días ante el juez federal a cargo de Daniel Rafecas, quien también lo investiga por presunto enriquecimiento ilícito, y que hasta el momento no llevó adelante ninguna de las medidas de prueba solicitadas por la Fiscalía al imputar a Milani.
 
En la denuncia que hicieron los diputados Elisa Carrió y Fernando "Pino" Solanas, basada en un informe del programa televisivo Periodismo Para Todos de Jorge Lanata, se acusó al general Milani no sólo por enriquecimiento ilícito a raíz de fondos no declarados y propiedades que no podría justificar con su sueldo, sino también por violar la ley 23.554. Esa ley prevé que "cuestiones relativas a la política interna del país no podrán constituir en ningún caso hipótesis de trabajo de organismos de inteligencia militares".
Por medio de su abogado, Milani presentó ante el juez Rafecas un pedido de nulidad y de excepción de falta de acción respecto a ese tramo de la acusación, la que citó el fiscal Jorge Di Lello cuando imputo al jefe del Ejército, para lo cual requirió varias medidas de prueba.
Milani pide la nulidad de la acusación por supuesta utilización de servicios de espionaje para política interna, al considerar que ese señalamiento carece de pruebas fehacientes y de fundamentos, y es imprecisa.

Sospechas por la situación patrimonial

Asimismo, esta semana se acumuló a la causa que tiene en sus manos el juez Rafecas la denuncia que presentó aparte de la que hicieron Solanas y Carrió la diputada Graciela Ocaña quien aportó más datos de la situación patrimonial de Milani y sobre sueldos que tres de sus hijos cobran por trabajar para el Estado.
No obstante, la investigación esta semi paralizada ya que, a la espera de la resolución sobre este planteo de nulidad y excepción de falta de acción hecha por Milani, se suma que el juez Rafecas no llevo adelante ninguna de las medidas pedidas por la Fiscalía.
 
 Fuente Noticias Argentinas

ARGENTINA ESTARA REPRESENTADA EN LA DURA COMPETENCIA EN DUBAI

 


El marplatense Andrés Canales será seguramente de la partida en Dubai
El marplatense Andrés Canales será seguramente de la partida en Dubai
Al igual que sucediera en dos ocasiones durante el año anterior, una representación argentina disputará una competencia de larga duración en Dubai. En esta oportunidad, la carrera está estipulada sobre 700 kilómetros de extensión y se espera la inscripión de 32 tripulaciones de distintas partes del mundo.

A diferencia de lo sucedido en el 2012, Argentina pondrá en pista dos tripulaciones que serán identificadas con los nombres de dos leyendas del deporte motor nacional: EDUARDO COPELLO y OSCAR CABALEN.
Carlos Mayer, responsable de la delegación, confirmará en breve la lista de pilotos que tomarán parte de la extenuante competencia. De todos modos anticipó que el grupo está signado por el federalismo dado que ya esstán confirmados pilotos de las provincias de Córdoba, Buenos Aires, Misiones, Chubut y Santa Fe. Aún se espera la confirmación de los últimos valientes que viajarán hacia Medio Oriente.
La partida del grupo está prevista para el 7 de octubre siendo el regreso el 16 del mismo mes. La competencia tendrá lugar el día sábado 12 y será transmitida en video por internet en una producción propia del equipo argentino. Pronto se publicarán las instrucciones para observar las imágenes generadas desde Dubai.

Fuente Opinionveintidos.com.ar

sábado, 7 de septiembre de 2013

SE INSTALARAN BOTONES ANTIPANICO EN LOS COMERCIOS DE MAR DEL PLATA


Lo confirmó el Intendente Pulti al reunirse con comerciantes. Los primeros serán instalados durante este mes. Antes de fin de año se instalarán 10 mil y en los siguientes meses, otros 10 mil, completando el 100% de los comercios de la ciudad.
Durante horas de la tarde de este sábado, el Intendente Municipal Gustavo Pulti acompañado por el Secretario de Salud Alejandro Ferro y el director de Protección Ciudadana César Ventimiglia, se reunió con representantes de la Unión de la Industria, el Comercio y la Producción de Mar del Plata (UCIP) en la cual se delinearon acciones concretas en materia de seguridad. En este sentido, se anunció que se instalarán botones antipánico en los comercios de la ciudad que estarán conectados con la Policía y con las cámaras de seguridad monitoreadas desde el Centro de Monitoreo Municipal. Asimismo, se confirmó que durante este mes se instalará la primera tanda que ascenderá a 10 mil comercios antes de fin de año. Y en los meses siguientes, se completará la instalación de esta tecnología en los 10 mil comercios restantes de la ciudad.
En este marco, el Jefe Comunal declaró: Esta es una propuesta que llega a los comercios en distintas etapas. Es una respuesta universal para el comercio de Mar del Plata. En este sentido, queremos impulsar la instalación del botón antipánico en 10 mil comercios, articulándolo con la UCIP y las demás organizaciones empresariales de la ciudad.  Está abierto a la totalidad de los comercios
En los meses siguientes, -continuó Pulti- se instalará otra tanda de 10 mil para completar el 100% de los comercios de la ciudad. Durante septiembre ya tendremos los primeros colocados.

 

REPUDIO AL ACUERDO CHEVRON-YPF EN MAR DEL PLATA

 

 


Militantes de la Organización para la Liberación Argentina (OLA) repudiaron el acuerdo Chevron – YPF.
En el marco de los recordatorios de la muerte de Abal Medina y Gustavo Ramus, los militantes realizaron un “escrache” en una estación de servicio de la ciudad de Mar Del Plata y repartieron volantes cuestionando el acuerdo y difundiendo los perjuicios del “Fracking”

Desde la organización indicaron que eligieron este día ya que “tanto Ramus como Abal Medina dieron sus vidas por una nación justa, soberana y libre y este acuerdo apunta a todo lo contrario porque entrega nuestros bienes comunes a una empresa yankee, en condiciones económicas desfavorables para nuestro país y aceptando un método como el fracking que contamina el aire, el agua y los suelos”.

CASO HOOFT: ¿ ES TAN SOLO LA PUNTA DE UN ICEBERG SINIESTRO?

Por Adrián Freijo

La decisión de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados de la Nación en el sentido de investigar la denuncia presentada por los abogados del Juez  Pedro Federico Hooft sobre el armado de la causa por violación de los derechos humanos que lo involucra,representa un soplo de esperanza en medio de tanta vergonzosa manipulación a la que el magistrado se ha visto condenado y que puede ser sólo la punta del iceberg de una Argentina en manos de irresponsables que utilizan un tema tan delicado para sus venganzas personales.
Ya nos hemos referido en este medio a todas las cuestiones que rodean el caso Hooft.
Hemos recordado las luchas del juez contra la corrupción policial y hemos desenmascarado –con la inestimable ayuda de la grabación en la que el ex fiscal de la causa reconoce que la misma es “armada, miserable y surgida de venganzas personales, amén de jurídicamente insostenible”- a quienes detrás o delante de los estrados están jugando no tan sólo con el honor y la libertad de un ciudadano sino con la credibilidad de toda la sociedad.
Es muy posible que en lo que respecta a Pedro Hooft las cosas comiencen a ponerse en su lugar. Y también lo es que resuelto su caso en el único sentido que puede hacerse –reivindicando la figura de un hombre al que la ciudadanía respeta y seguirá respetando en el futuro- aparezcan con meridiana claridad los nombres de los responsables de este agravio a la razón.
Pero el veneno de la duda habrá quedado inoculado en el corazón de todos nosotros, en forma de una pregunta que lamentablemente jamás tendrá respuesta convincente: ¿cuántos casos más han sido armados?, ¿cuántos de los condenados son realmente culpables y cuántos víctimas de prejuicios ideológicos, cuentas del pasado o meras venganzas personales ideadas por miserables que encontraron en la necesidad de justicia de los argentinos un camino para sus miserias?.
Hay personas que seguramente creen sinceramente en la culpa de Hooft como somos muchos los que estamos seguros de su inocencia, idoneidad y compromiso con los valores más altos de la justicia. A ninguno de nosotros se nos ha tenido en cuenta…
Conociendo al hombre y su forma de ver estamos seguros que podría haber contestado todas las preguntas, despejado todas las dudas, aclarado todo lo que hubiese que aclarar si ello fuese menester; pero a ninguno de sus perseguidores ello le interesaba en lo más mínimo.
Tal vez por ello no le dejaron aportar las pruebas en el expediente y le negaron el derecho a que protagonistas directos y reales de los hechos y el tiempo denunciados prestaran sus testimonios.
Todo ello podrá, tal vez, resolverse a partir de esta investigación legislativa; pero no será suficiente.
Hasta que la sociedad no vea el castigo a quienes han sido capaces de urdir semejante maniobra no tendrá la tranquilidad de saber que quienes están presos lo merecen y quienes están libres también.
Que de eso se trata cuando hablamos de la administración de justicia, esa que Pedro Federico Hooft honró aún en las circunstancias más difíciles cuando muchos se escondían detrás de la inexistencia de un estado de derecho o cuando otros medran con un tiempo político que los protege en su ideologismo y los arropa en su odio.
Dos temas –odio e ideologismo- que tal vez comiencen a replegarse en una Argentina que clama por ser distinta.

viernes, 6 de septiembre de 2013

EN MAR DEL PLATA MUJER POLICIA ROBO $ 30.000,LA DETUVIERON Y LUEGO FUE LIBERADA

Aprehendieron a mujer policía que robó maletín en reunión evangelista
 
El automóvil de la mujer detenida quedó secuestrado en el estacionamiento frente al Municipio
El automóvil de la mujer detenida quedó secuestrado en el estacionamiento frente al Municipio
Se trata de una sargento de la Bonaerense a quien testigos señalan como autora material del hurto. El valor del contenido de la valija es de unos 30 mil pesos
Una sargento de la policía bonaerense fue aprehendida el miércoles a la noche acusada de haber hurtado un maletín con bijouterie y dinero durante una reunión evangelista en un establecimiento del centro. Testigos denunciaron ver a la oficial guardar el portafolio dentro de su vehículo, el cual fue requisado en horas del jueves hallándose los elementos sustraídos.
La víctima del robo, una mujer que se dedica a la venta de bijouterie, había asistido el miércoles a la noche a una reunión evangelista en un club ubicado en Rivadavia entre Salta y Jujuy. Al lugar había ido con un maletín que contenía alhajas y dinero por un valor total de unos 30 mil pesos, informaron fuentes judiciales.
Al terminar la reunión, alrededor de las 20,30, la mujer notó que le faltaba el maletín. Testigos le dijeron que vieron a otra mujer, quien era nueva en las reuniones evangelistas, irse con el portafolio de la víctima y guardarlo en su auto Volkswagen Suran gris.
La víctima vio el Volkswagen Suran gris estacionado frente al edificio de la Municipalidad y dio aviso a la policía. Personal de la comisaría primera que acudió al lugar aprehendió a la mujer señalada como ladrona.
El fiscal de flagrancia que investiga el caso, Eduardo Amavet, informó que en ese primer momento no se pudo requisar el vehículo, ya que el maletín que la denunciante mencionada no se encontraba a la vista, pero que lo que sí se veía era un chaleco naranja de la policía bonaerense.
El fiscal informó que la mujer aprehendida fue identificada como una sargento de la policía bonaerense que trabajaba en la comisaría décimo tercera, sin embargo en este momento cuenta con licencia por carpeta psiquiátrica.
Por otra parte, Amavet tramitó una orden de requisa para el rodado, la cual se concretó este jueves alrededor de las 11 y se recuperó el maletín robado.
La sargento de policía aprehendida se negó a declarar ante el fiscal y realizó una denuncia contra el personal de la comisaría primera, que la arrestó por maltratos.
La mujer quedó procesada por “hurto consumado” y el fiscal evalúa si agravará la calificación por tratarse de una funcionaria pública. Luego fue puesta en libertad, ya que no contaba con antecedentes.
El fiscal Amavet explicó que “el chaleco policial quedó incautado, ya que la sargento, al estar de licencia con carpeta psiquiátrica, no debería tener en su poder este elemento".

Fuente Diario El Atlantico de Mar del Plata

LA CAMARA CONFIRMO EL PROCESAMIENTO DEL PORTERO JORGE MANGERI POR EL CRIMEN DE ANGELES




 

La Sala VI resolvió rechazar las nulidades presentadas por la defensa y  cambió la calificación por la cual continuará detenido el único acusado de asesinar a la joven de 16 años, según adelantaron fuentes judiciales a Infobae.
Con esta decisión, los jueces Mario Filozof, Julio Lucini y Ricardo Pinto hicieron lugar al pedido de la querella y de la fiscalía, aunque cambiaron la calificación legal de la causa a homicidio simple. Con esto, el único acusado por el crimen de Ángeles Rawson seguirá detenido en el penal de Ezeiza. Asimismo, rechazaron todos los pedidos de nulidad planteados por la defensa
La semana pasada, el abogado de la querella, Pablo Lanusse, solicitó que Mangeri sea imputado de "homicidio criminis causae", al considerar que la víctima fue asesinada para ocultar un ataque sexual. En tanto, la defensa del portero reclamó su liberación al afirmar que no tuvo garantía constitucional y pidió la nulidad del proceso.
Por su parte, el fiscal de la Cámara del Crimen, Ricardo Sáenz, también acompañó el pedido de la querella y solicitó que confirmara el procesamiento de Mangeri por homicidio agravado por alevosía o, en su defecto, por homicidio criminis causa, cometido para encubrir un ataque sexual.
Para Sáenz, Mangeri tenía lesiones en el dorso de la mano y la muñeca, lo que mostró que a chica trató de defenderse cuando la ahorcaban agarrándolo de las muñecas. En tanto, Lanusse fue más tajante y sostuvo en su momento que "el señor Mangeri estranguló con sus propias manos a Ángeles luego de darle reiterados golpes de puño en su rostro".
De esta manera, el Tribunal denegó el pedido de la defensa del portero, que solicitó la liberación del detenido al considerar que cuando lo citaron para la testimonial en la que se autoincriminó por el asesinato de Ángeles Rawson fue citado como sospechoso. Además, sostuvieron "que se violó la cadena de custodia" en las muestras de ADN de la víctima, por lo que la causa, a su juicio, debería ser anulada.

SE VA A CUMPLIR UN AÑO DE LA APELACION DE LA PRISION PREVENTIVA DE GUSTAVO DEMARCHI Y LA CAMARA FEDERAL NO RESUELVE

La causa se encuentra a estudio de la Cámara Federal de Mar del Plata. Se va a cumplir un año y la alzada sobre esta cuestión donde el procesado plantea la ilegitimidad del procesamiento y prisión no se expidió.

INTERPONE APELACION.- CASO FEDERAL- RESERVA CASACIÓN Y OCURRIR COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS.
Señor Juez:
GUSTAVO MODESTO DEMARCHI, abogado, inscripto al Tomo 70 - Fº 558, CFALP., por mi  derecho y en ejercicio de mi propia defensa, ilegítimamente detenido en CAUSA POLITICA en la Unidad Penitenciaria de Marcos Paz, en la causa 13793 caratulada "Av. Delito de Acción Pública (CNU)" y que tramita por ante la Secretaría DDHH a VS  digo:
 I.- OBJETO
Que habiendo sido notificado en día 10/10/2012 a las 14:22 hs del auto dictado por V.S. el día 9 de octubre de 2012, en el cuál se resuelve: "…DECRETAR EL PROCESAMIENTO CON PRISIÓN PREVENTIVA DE GUSTAVO MODESTO DEMARCHI…POR CONSIDERARLO JEFE U ORGANIZADOR EN EL DELITO DE ASOCIACIÓN ILÍCITA, FIGURA QUE CONCURRE EN FORMA REAL CON EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO POR EL CONCURSO DE DOS O MÁS PARTÍCIPES COMETIDOS EN PERJUICIO DE…EN CONCURSO REAL CON EL DELITO DE PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LA LIBERTAD AGRAVADA POR MEDIAR VIOLENCIA RESPECTO DE ESTA ÚLTIMA VÍCTIMA…EN CALIDAD DE INSTIGADOR (ARTS. 45, 55, 210, SEGUDA PARTE, 80 INCISO 6 Y 142, INCISO 1, SEGÚN LEY 20642, TODOS DEL C.P.Y ARTS. 306 Y 312 DEL C.P.P.N.)…"., es que concurro en esta oportunidad a interponer, en legal tiempo y forma, y de acuerdo a la normativa del código de rito (arts. 438, 449 y concordantes) RECURSO DE APELACIÓN, por causarme el interlocutorio de V.S. un gravamen irreparable, el cuál se detallará a continuación.
 Idéntico recurso se interpone respecto al decisorio de fecha 09/10/2012 notificado en la misma fecha en cuanto el mismo dispone el rechazo in limine de mi planteo de 5534/5544.-
II.- ANTECEDENTES Y AGRAVIOS
 Los antecedentes de estas actuaciones son ampliamente conocidos, como así también las "particularidades" de esta causa, las cuáles he impugnado en su momento, en distintos incidentes, como así también las actuaciones de los magistrados intervinientes, tanto los de primera instancia, como los de la alzada.-
Interesantes, y agraviantes, son las palabras del juez de grado en cuanto a la delimitación del objeto procesal: "… se investiga el accionar de una asociación ilícita que actuó en el marco de una agrupación política denominada Concentración Nacional Universitaria (CNU), en el período que abarca el 20 de febrero de 1975 y el 15 de marzo de 1976, cometiendo distintos delitos como homicidios…privaciones ilegales de la libertad, robos, amenazas, entre otros, para la persecución y eliminación de personas en el marco de un ataque sistemático y generalizado contra una parte de la población civil y de conformidad con una política de Estado…"
Esta "grandilocuente" delimitación de objeto procesal, cuenta con deficiencias fundamentales, que serán analizadas en estas pocas líneas, que pese a lo extenso del auto de procesamiento del juez instructor, no poseen mayor rigor científico.
En suma, no por repetir durante 92 fojas juicios de valor, y afirmaciones dogmáticas, carentes de sustrato fáctico, la instrucción funda debidamente su decisión.
La resolución aquí cuestionada no presenta fundamento lógico alguno, sólo una mera afirmación dogmática, el ordenamiento ritual obliga a los magistrados a fundar sus decisiones art. 123 CPPN.
En tal inteligencia, debemos recordar que es profusa la jurisprudencia de la Excma. Cámara Nacional de Casación Penal en el sentido que "... el artículo 123 del Código Procesal Penal de la Nación establece que las sentencias deberán ser motivadas bajo pena de nulidad y más aún, el artículo 404 inciso 2º del mismo texto legal dispone que la sentencia será nula si faltare o fuere contradictoria la fundamentación. En efecto, para ser válidas tales resoluciones, deberán ser motivadas. Esta exigencia comporta una garantía en beneficio de los eventuales imputados y acusados, como también para el Estado en cuanto asegura la recta administración de justicia. Motivar o fundamentar las resoluciones judiciales implica asentar por escrito las razones que justifican el juicio lógico que ellas contienen. En otras palabras, importa la obligación de consignar las causas que determinan el decisorio o exponer los argumentos fácticos y jurídicos que sustentan la resolución, esto es, las razones que poseen aptitud para legitimar el dispositivo…" (causa Nº 80 "Paulillo, Carlos Dante s/ recurso de casación", rta. el 12/4/94, Reg. Nº 111 de la Sala III CNCP).
En esa misma causa se expresó además que "...la Constitución Nacional no exige expresamente la necesidad de motivar las sentencias, pero ella surge claramente del contexto de sus disposiciones; en efecto, la interpretación armónica de los preceptos constitucionales que vedan toda condena 'sin juicio previo' -exigencia que implica un pronunciamiento jurisdiccional terminal y definitivo de un proceso regular y legal- 'fundado en ley anterior al hecho del proceso', sólo lleva a tal conclusión. Esta garantía constitucional de justicia fundada en el régimen republicano de gobierno, impone la publicidad de las razones que tuvieron en cuenta los jueces para dictar sus sentencias y facilita el control de la actuación judicial por el pueblo, de quien en definitiva emana la autoridad. Sin duda alguna, la exigencia de motivar responde al propósito de que la colectividad pueda controlar así la conducta de quienes administran justicia en su nombre. 'Se resguarda a los particulares y a la colectividad contra las decisiones arbitrarias de los jueces, que no podrán así dejarse arrastrar por impresiones puramente subjetivas ni decidir las causas a capricho, sino que están obligados a enunciar las pruebas que dan base a su juicio y a valorarlas racionalmente' (Ernesto R. Gavier 'La motivación de las sentencias', en Comercio y Justicia, 15 y 16 de octubre de 1961)…".
Este planteo sobre la necesidad de motivar las resoluciones judiciales fue materia de tratamiento en reiteradas oportunidades por parte de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal, -entre otras- en las causas "Zelikson, Silvia E. s/rec. de casación" Reg. nº 67 del 15/12/93; "Vitale, Rubén D. s/rec. de casación" rta. 18/10/93, Reg. nº 41; "Tellos, Eduardo s/rec. de casación", Reg. nº 99, del 24/3/94; "Paulillo, Carlos Dante s/rec. de casación", ya citada; "Risso de Osnajansky, Nelly s/rec. de casación", Reg. nº 142/94 del 18/10/94; y "Ruisanchez Laures, Ángel s/rec. de casación", Reg. nº 152/94 del 21/10/94.
En esta última, se sostuvo que "…La motivación constituye el signo más importante y típico de la 'racionalización' de la función jurisdiccional. Se establece como uno de los requisitos esenciales de la sentencia, y para aquellos que pretenden ver en el fallo solamente su aspecto lógico, la motivación es la enunciación de las premisas del silogismo que concluye en los puntos resolutivos. La motivación es una comprobación lógica para controlar a la luz de la razón, la bondad de una decisión surgida del sentimiento; es la 'racionalización' del sentido de justicia; es la demostración de que el juzgador se quiere dar a sí mismo antes que a las partes la ratio scripta que convalida el descubrimiento nacido de su intuición (Calamandrei, Piero 'Proceso y Democracia', Buenos Aires, 1960, pág. 115 y ss..)…".
"…Así, conforme a la doctrina fijada por este Tribunal, al imponer el artículo 123 del Código Procesal Penal de la Nación la necesidad de motivar los pronunciamientos, '...exige que el juzgador consigne las razones que determinan la condena o la absolución, expresando sus propias argumentaciones de modo que sea controlable el iter lógico seguido por él para arribar a la conclusión..." (De la Rúa, Fernando 'El recurso de casación'. Buenos Aires, 1968, pág. 160 y 162)…" (confr. causa Nº 181 "Sassoon Attie, Raúl Nissim s/recurso de casación", rta. 17/11/94, Reg. Nº 177/94; y causa Nº 502 "Arrúa, Froilán s/ rec. de casación", rta. 18/9/95, Reg. Nº 185/95; todas de la Sala III de la CNCP.).
La motivación es una garantía constitucional que se acuerda no sólo al acusado, sino también al acusador, y lo es además y en especial para el Estado en cuanto asegura la recta administración de justicia. Sin ella no puede existir sentencia válida, y por eso la ley procesal, la fulmina con sanción de nulidad cuando falta o es contradictoria.
En suma, si no hay ningún fundamento lógico fáctico, sólo hay afirmaciones dogmáticas carentes de sustento y por tanto la resolución cuestionada deviene absolutamente nula y arbitraria (arts. 123, 166 y 168 del CPPN.).
Justamente tiene dicho la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que procede la tacha de arbitrariedad sobre aquella resolución desprovista por completo de fundamentación (Fallos 307:1030) o fundamentación suficiente (caso "Toledo" rto. el 4/5/95), o que se apoya en afirmaciones dogmáticas respaldada en razonamientos abstractos (caso "Blanco de Cardelini" rto. también el 4/5/95), o que conduce a la frustración de derechos que cuentan con respaldo constitucional (causa "Ventavoli" rta. el 23/5/95).
Aclarado ello paso a motivar el presente recurso.
En primer término el juez de primera instancia se dedica a copiar y pegar (abuso de la función Word que se ve a lo largo de sus 92 p.), conceptos vertidos por la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en otros procesamientos, los cuáles tengo entendido, han sido apelados por otras defensas, ya que exceden el mismo objeto procesal delimitado en la primera instancia, agregando afirmaciones que ni la instrucción utilizó.
A título de ejemplo, la alzada confunde deliberadamente durante todo su razonamiento a la CNU misma y a la supuesta asociación ilícita que habría funcionado en su interior, denotando, con una meridiana claridad, que estamos ante una persecución política, lisa y llanamente, violatoria del art. 14 de la Constitución Nacional, en so concepto de "libre asociación". Insisto que NO FORME PARTE NUNCA DE LA CNU y que VS ha parcializado declaraciones testimoniales en forma grosera (por ejemplo los testimonios de JOSE LUIS PONSICO, AMILCAR GONZALEZ entre muchos otros).
Los mismos testigos -parciales- de la causa, afirman que la CNU era una agrupación política estudiantil, fundada a fines de los años sesenta, enmarcada dentro del Movimiento Nacional Justicialista Por ese motivo hacemos expresa reserva del caso federal, art. 14 ley 48.  
Es altamente llamativo, en este punto, que ninguna de las otras organizaciones mencionadas en esta causa (Comando de Organización, Juventud Sindical, Guardia de Hierro, entre otras), ni ninguno de sus miembros, estén imputados en estas actuaciones. Tampoco es explicable que ningún funcionario del gobierno federal del momento, haya sido imputado. Y el plan sistemático?? Quien lo orquestaba?? Solamente yo??. Nada resiste el menor análisis jurídico si hubiera en la justicia federal de Mar del Plata, jueces imparciales y probos, que no descarto en algún momento, no muy lejano, los haya. Asimismo resulta sugestivo que personas que pertenecían a la misma organización y hayan sido largamente mencionados ni siquiera sean llamados como testigos… Que esconde por ejemplo ALBERTO DALMASSO? Quien dio la orden de protegerlo? De quien es amigo el nombrado?
Resulta indisimulable a mis ojos y a los de cualquier persona que sepa medianamente de abogacía, que toda esta causa es una persecución política a una agrupación politica estudiantil (CNU) por un lado, y a un sinnúmero de individuos y en particular hacia mi persona, que no tenemos nada que ver con las delitos que se nos endilgan. Esta persecución del todavía Juez Falcone y de sus adlatares (lo/as restantes jueces del tribunal oral, fiscales, la presidenta náutica Susana Salerno, Diario la capital, etc.), a través de un plan sistematico contra mi persona se esta investigando en  "DEMARCHI, GUSTAVO M. S/ DENUNCIA" Expte. Nº 16.292 de tramite por ante el Juzgado Federal del Juez Castellanos.-
El joven juez de primera instancia (tal condición se menciona en forma objetiva y en vista a su edad y a los conceptos que vierten los organismos de derechos humanos que lo atacan por la prensa cuando no les agradan sus decisiones y lo elogian cuando si lo hace conforme surge de la prensa que sigue día a día y minuto a minuto en forma exclusiva lo actuado en esta causa … al punto tal que a pesar de haber ordenado que mi traslado no era publico, los medios lo sabían antes que el propio Secretario … ) copia (sigue copiando pero critica a esta parte por lo mismo "has lo que yo digo mas no lo que yo hago") conceptos de la alzada, al afirmar la existencia de un plan sistemático, masivo y generalizado para perseguir opositores políticos aunque en ningún momento lo explica, hablando de "…la Concentración Nacional Universitaria puede ser investigada en estos autos en la medida en que el acuerdo delictivo formó parte de un ataque sistemático y generalizado contra una población civil llevado a cabo de conformidad con una política de estado…"
Se observa claramente que el objeto procesal definido por la instrucción "asociación ilícita dentro de la CNU", es aumentado a TODA la CNU, como claramente lo expresa la alzada.
Resultando inexplicable que, si estamos dentro del marco de una política de estado, nunca se defina ni se pruebe esta política de estado. ¿Cuál era? ¿En qué consistía? ¿Quién daba las órdenes? ¿En qué consistía el plan sistemático y generalizado? ¿Cómo era la división de tareas? Recuerdo una vez mas que el protegido ALBERTO DALMASSO era funcionario a nivel nacional de la mencionada CNU … Puede dar cuenta de ello su amigo y protector el ex defensor de terroristas de estado y policías torturadores DR. ROBERTO ATILIO FALCONE.
Nada de esto es estudiado en el aparente razonamiento de la alzada y menos aún de la instrucción. Este detalle no es menor, ya que de no probarse la existencia de este marco o contexto histórico, la imputación basada en el art. 7 del Estatuto de la Corte Penal Internacional, cae, debiéndose concluir que los hechos investigados están prescritos y no pueden ser definidos como de "lesa humanidad".
 DICTAMEN DEL FISCAL TAIANO Y RESOLUCION DEL JUZGADO FEDERAL N° 5 DE CAPITAL FEDERAL. COMPETENCIA.-
En el cuerpo 6 de esta causa, figura la opinión del Sr. Fiscal Taiano, a la hora de decidir sobre la competencia de esta causa (entre el Juzgado Federal 5 de Buenos Aires o el de Mar del Plata), en ella el representante de la vindicta publica afirma que, nada vincula a la causa AAA  (Triple A) investigada en ese juzgado con los presuntos miembros de la CNU investigados en esta causa, ninguno de sus nombres aparece, no hubo órdenes emanadas desde Buenos Aires a Mar del Plata, y que a su criterio, este era un tema de Mar del Plata que nada tenía que ver con la política nacional.
Este dictamen debería ser revisado en esta investigación ya que, ninguna mención de él se realiza en este auto.-
Siendo de capital importancia a la hora de delimitar si hubo o no una política de estado destinada a eliminar opositores políticos en el período estudiado. 
Estos hechos todavía no han sido definidos por la Cámara Nacional de Casación Penal, siendo inexacta la afirmación de la instrucción de que se encuentran firmes.
Un ejemplo de lo dogmático de las afirmaciones de la alzada  "…se llevaron a cabo (los delitos) a través de recursos estatales, y de acuerdo con una política que descendía de los escalones más altos del gobierno nacional…", ni se demuestra ni prueba la política estatal, ni se prueba el financiamiento, ni se identifican los organizadores de la presunta asociación ilícita. Solo "relato" literario no jurídico, y obviamente en perjuicio de mi persona.-
También cita el juez de grado inferior en su auto agraviante, una vez más a la alzada y el concepto de "genocidio" basado en el libro de un sociólogo argentino. En este punto me permito remitirme al reciente fallo "Rucci" del Dr. Lijo, causa 13.683 del 10 de agosto de 2012, en donde se explica detalladamente las diferencias entre una investigación judicial y una obra bibliográfica ajena al ámbito jurídico. Estas, en suma pueden servir de indicios, pero de ninguna manera suplantan la investigación rigurosa de la justicia, única posible base de una condena penal.
Se recomienda al Juez de primera instancia y a su Alzada que deberían de leer este fallo, a fin de realizar imparcialmente su trabajo…
En acápite "valoración de la prueba" la instrucción cita la acordada 1-12 regla quinta de la Cámara Nacional de Casación Penal del 28 de febrero de 2012, en cuanto "…las declaraciones de los testigos que hayan sido incorporadas en distintas sedes, serán válidas y valoradas en la presente investigación, sin necesidad de que todas deban ser reproducidas aquí…".
Resulta claro en primer término, que esta acordada serviría a partir de esa fecha, sin efecto retroactivo, es decir, sería inaplicable en esta causa, caso contrario se estaría violando el principio de irretroactividad (reiteradamente violado en la justicia federal de Mar del Plata), como el de la interpretación in bonam partem de las normas penales.
Otra consideración de fundamental importancia, nos parece el hecho que, aún una acordada de la Cámara de Casación, no puede echar por tierra el "debido proceso penal" y la posibilidad de la defensa a controlar los testimonios de cargo brindados.
Bueno seria recordar hasta esta altura que los Juicios de la Verdad, tenían un "carácter histórico" siendo sus reglas netamente diferentes a las del proceso penal.
Basta con leer las transcripciones para observar, lo tendencioso de las preguntas de los todavía magistrados del Tribunal Oral, comprensibles quizás en el marco del "relato" citado, pero absolutamente ilegales en el marco de un proceso penal.
En suma, la incorporación de testimonios por fuera de estas actuaciones son violatorias del art. 18 de la Constitución Nacional, en su principio del "debido proceso penal", por lo que hacemos expresa reserva del caso federal una vez más. Todo ello sin perjuicio de que dichos testimonios son parciales, interesados y prestados en su gran mayoría por personas a las cuales no se les interrog?ó por las generales de la ley. Basta citar para ello a la mencionada novia afligida Salerno, quien fue denunciada por el suscripto penalmente por su gestión al frente del Complejo Punta Mogotes y defendida por el DEFENSOR OFICIAL de entonces, el muy solicito DANIEL ADLER, quien al poco tiempo de esa defensa fue designado JUEZ PROVINCIAL …
Remarco también que en esos Juicios por la Verdad, el objetivo eran las declaraciones de las víctimas del "terrorismo de estado", (estaban en vigencia en ese momento las leyes de "obediencia debida" y "punto final"), no los presuntos hechos cometidos en los años 1975-1976, durante la vigencia de un gobierno democrático, los cuáles nunca estuvieron comprendidos ni por la obediencia debida ni el punto final, y que no fueron objeto de ninguna denuncia desde la restauración democrática hasta los llamados Juicios por la Verdad.
Queda claro que si ningún magistrado o fiscal, recibió ni investigó ninguna denuncia o hecho, es por la sencilla razón de que no eran  "delitos de lesa humanidad", sino posibles delitos comunes y por ende prescriptos.
Demás está decir y recalcar que ninguna administración nacional desde 1983 había considerado que el gobierno constitucional del General Perón había practicado un "terrorismo de estado". (Solo el Juez Ferro es una inolvidable pieza mas literaria propia del "relato" al que ha adscripto, que de una sentencia judicial ha calificado al mismo como dictadura).-
Ergo, esta nueva afirmación debería por lo menos ser probada so pena de ser descartada por falaz.
Queda claro, que el juez inferior, realiza menciones genéricas y remisiones a opiniones personales de autores varios, por tener conciencia (creo) de la absoluta inexistencia de pruebas fácticas que sustenten su hipótesis acusatoria.
Reitero, nunca hubo obstáculos pare la judicialización de los presuntos delitos aquí investigados, ninguno de ellos estuvo comprendido por las leyes de punto final y obediencia debida. El todavía juez Falcone lo ha confesado en un portal Miradas al Sur del periodista Anguita, (obra agregado a la causa) que instruyo todo, recolecto prueba documental, recibió testimonios, etc. y lo elevo recién una vez que tuvo instruida (armada) toda la prueba, nunca realizo denuncia alguna pese haber investigado lo que creyó eran de delitos, cometiendo con la resolución 890 delitos varios, que algún día serán investigados por algún Poder Judicial probo e imparcial.-
En el punto 2.A.i. "La Concentración Nacional Universitaria. Características de la organización. Su origen y las circunstancias que marcaron su accionar delictivo", a modo de ejemplo, la instrucción deja clara, desde el pomposo título mismo, que está investigando una determinada organización universitaria, y no una asociación ilícita cono afirma la misma instrucción  en las primeras líneas cuando delimita el objeto procesal, quedando manifiesto, la persecución política de la que soy objeto en esta causa.
También queda claro este hecho en el "relato" que realiza la instrucción, en el cuál parecería que hubiera habida violencia política en la época, solo de parte de ciertos grupos políticos y no de otros.
Recordemos que desde el secuestro de Aramburu, en épocas de una dictadura militar del General Onganía, el asesinato de Rucci, ya bajo un gobierno constitucional, entre los casos más emblemáticos auto-atribuidos a la organización Montoneros, la violencia política era moneda corriente, y que el plan de desestabilizar al gobierno constitucional de Isabel Perón, fue claramente asumido por las organizaciones subversivas del momento.
Tanta es la parcialidad del "relato" judicial, que al hablar de la muerte del Dr, Piantoni, no se explica que fue acribillado a balazos por una organización subversiva. Se habla solamente de "la muerte de Piantoni", como si este hecho hubiese sido casual o justo a los ojos de la actual (des) justicia federal, y no el homicidio de un importante dirigente político de la ciudad.
El clima político ha sido distorsionado en el "relato" judicial, a fin de racionalizar la venganza política que se intenta imponer como verdad en contra de mi persona.
No analizare en extenso en este escrito, los presuntos ilícitos cometidos, los cuáles serán desarrollados en el memorial correspondiente, lo que sí afirmamos en este punto, es la absoluta falsedad de la afirmación instructoria, de la existencia de un plan sistemático masivo y generalizado, orquestado desde  poder político para eliminar a opositores políticos.
En el punto iv. "Su vinculación con los ámbitos del poder", me resultan inexplicables los razonamientos judiciales que sostienen que por trabajar en la fiscalía federal, como por haber ciertos compañeros trabajando dentro de la universidad, la vinculación con el poder estaría probada.
No me cabe duda que habrá habido militantes de otros partidos o movimientos insertos en la estructura estatal lo cuál no significa absolutamente nada, salvo el hecho que cada ciudadano puede tener la ideología que quiera en virtud a la libertad de conciencia reconocida en la CN en el art. 19.
Ningún simpatizante o militante de otra agrupación peronista ha sido indagado salvo los presuntos miembros de la CNU (presuntos pues nunca pertenecí a dicha organización), reales o imaginarios, quedando patente el carácter de persecución política de toda esta causa,
Mis decisiones como fiscal federal se basaron siempre en el derecho vigente al momento (el cual VS ignora supinamente), el respeto a la Constitución Nacional y el irrestricto respeto de la democracia. Democracia que estaba siendo atacada tanto por grupos subversivos revolucionarios, como por las Fuerzas Armadas que perpetraron el golpe del 24 de marzo de 1976. Recuerdo a la instrucción que presenté mi renuncia al cargo después de ese hecho nefasto y estuve desaparecido durante el llamado "Proceso de Reorganización Nacional", siendo una víctima de la dictadura y jamás un colaborador de ella.
Omite toda mención a los testimonios de FIGUEROA y SARTORIO, tema que será desarrollado en la fundamentación del presente.
En los acápites "Universidad, Sindicatos, las Fuerzas armadas y de Seguridad", la instrucción reproduce o copia (una vez mas), una serie de falacias de la alzada la cuál escribe una verdadera novela de ciencia ficción política, viendo enormes conspiraciones que nunca existieron. Esto será tratado en detalle en el memorial.
En cuanto al acápite, "Hechos atribuidos a la CNU", se trata de opiniones personales de testigos, la mayoría de ellos de una tendencia política distinta, los cuáles eran claramente opositores a la democracia de ese momento. Ninguno de ellos es testigo de nada, simplemente se trata de dichos de terceros, conjeturas personales, o libros leídos años después que ponen en la memoria de los testigos, nombres y caras que nunca existieron.
En el punto sobre mi situación personal, la instrucción se hace eco de personas que claramente me refieren una manifiesta enemistad debida a mi militancia política y mi calidad de fiscal federal. No me cabe duda que si preguntáramos dentro de veinte años a los condenados a penas privativas de la libertad por los jueces o fiscales que los condenaron, su juicio sería negativo. Esto es lo que sucede en estas actuaciones. Para formar el "relato" el juez de grado inferior se valer de testimonios de personas enemistadas personal y políticamente, mas omite todos los testimonio que me sindican como ajeno a la CNU y a los hechos parte de  "investigación" por la cual he sido ilegalmente detenido y procesado. Para conocimiento de VS le comento que muchas de las personas que participaron directa o indirectamente en el proceso de selección mediante el cual VS fue designado Juez Federal o del ámbito de la justicia federal(ya sea localmente o en Buenos Aires) mediante
el cual VS fue designado Juez Federal comentan por lo bajo que Ud. debe su cargo a su pertenencia a LA CAMPORA o a que su padre habría pertenecido a la Organización Montoneros o que sería amigo o allegado a personajes del Gobierno que pertenecieron a dicha Organización … Comentarios diciendo "se dice" o "se comenta" …  Esos comentarios o hechos no me constan pero sirven para ejemplificar como mintiendo y mintiendo se genera un estado de sospecha como el que hoy me tiene como perseguido político. Me llama poderosamente la atención que por un lado se sostenga vehementemente que existía un plan sistemático para eliminar opositores y por el otro se sostenga que mi actuación o la de otros imputados provengan de la presunta venganza por el homicidio el 20 de marzo de 1975 del Dr. Piantoni. O es un plan sistemático o es una venganza, las dos hipótesis se auto excluyen. 
Los planes sistemáticos, nada tienen que ver con venganzas particulares o políticas, unos son planes estatales otros cuestiones delictivas privadas sujetas a las reglas de los delitos comunes. Aún en la hipótesis de haberse tratado de una venganza, la instrucción debió considerar que esos hechos estaban prescriptos justamente por tratarse de una venganza y no de un plan estatal. La irracional de la instrucción y la alzada es manifiesta.  Dejare para el memorial, el análisis puntual de cada una de las afirmaciones instructorias y de cada uno de los testimonios y panfletos políticos y revanchistas, aunque los conceptos generales señalados me parecen un resumen sintético de la irracionalidad de esta investigación.
En las conclusiones la instrucción afirma que fui visto como militante de una agrupación política….¿y cuál sería el problema si así hubiera sido, si en estas actuaciones supuestamente, no se investiga una determinada afiliación política? O si?, en el punto dos se afirma que hubo dos designaciones en la fiscalía de personas sospechadas por hechos violentos…recuerdo que la ley de amnistía del gobierno Cámpora estaba vigente.
En el tercer punto se cuestiona mis decisiones como fiscal, las cuáles están sustentaban el derecho vigente, y de ninguna manera forman parte de ningún ilícito o plan para eliminar personas. Afirma la instrucción una vinculación entre la AAA y la CNU no viendo ninguna prueba de ello, más que las manifestaciones dogmáticas de la instrucción. Recordemos las palabras del fiscal Taiano a la hora de declinar la competencia en el cuerpo VI de esta causa. Si esto es como el Juez inferior dice debería remitir las actuaciones al Juzgado Federal N° 5 de Capital Federal.-
En cuanto a la calificación legal, la instrucción me califica como organizador de una supuesta asociación ilícita, más allá de lo inconstitucional de esta figura, no vemos como podría ser el organizador de una asociación ilícita aceptando ser parte de un plan estatal. Todo es tan absurdo y carente de lógica que cuesta escribir, maxime cuando se ha tramado una causa penal utilizando el servicio de justicia para encarcelarme. Yo era el organizador? Yo daba las ordenes? Y el Plan estatal? Y las tripe A? y la policía? Y la universidad? Y el gobierno provincial? Y el gobierno nacional? Todo lo manejaba yo? Era el "determinante"?. Nada resiste el menor análisis jurídico. Espero en instancias superiores por encima de la justicia federal de Mar del Plata encontrar justicia. En cuanto al resto de las imputaciones serán tratadas en el memorial, aunque señalemos que su irracionalidad es tan manifiesta que nos exime de mayores comentarios.
Forma parte del agravio y de la motivación del presente el rechazo al planteo de fs. 5534/5544 por no ser el mismo efectuado en su oportunidad.-
Asimismo también es motivo del presente recurso la pretensión de VS de indagarme por un delito que no tiene pena pues he sido extraditado bajo el compromiso de NO IMPONERME PENA DE PRISION PERPETUA.-
Y también motiva el presente recurso un nuevo incumplimiento del Compromiso contraído por VS al tramitar mi extradición pues pretende indagarme y procesarme por otros delitos no comprendidos en el referido pedido, hecho ya puesto en conocimiento de las autoridades colombianas.- Y por ultimo agravia a esta parte el monto fijado en concepto de embargo de bienes.
III.- CONCLUSION
Rechazo por infundadas las imputaciones realizadas, debiendo concluirse que los hechos investigados, forman parte de la violencia política de izquierda y derecha, típicas de la década de los setenta y que nada tienen que ver con un plan estatal, ergo no son delitos de lesa humanidad debiendo ser alcanzados por la figura de la prescripción penal. arts. 59, 62 63 y concordantes del código de rito. Hechos de los cuales NO PARTICIPE en absoluto y menos aun ORGANICE reiterando una vez mas QUE JAMAS PERTENECI A LA CNU y que eventualmente la pertenencia de personas a dicha organización significa en modo alguno que formen parte de una ASOCIACION ILICITA. La instrucción debiera ordena la inmediata liberación de mi persona, dejar sin efecto en embargo, conforme a esas normas y del art. 336 del código de rito.
 IV.- PETITORIO Por todo lo expuesto:
1) Tener por presentado en legal tiempo y forma este recurso de apelación de acuerdo a los artículos pertinentes del código de forma en materia penal y por planteado CASO FEDERAL (art 14 ley 48)
2) Elevarlo a la Excelentísima Cámara Federal de Apelaciones para su estudio. Dejo constancia que FUNDARE EL PRESENTE RECURSO POR ESCRITO designada que sea la fecha y que NOTIFICADO QUE SEA DE LA INTEGRACION DEL SUPERIOR me expediré respecto a los Sres. Jueces y Fiscal interviniente y su imparcialidad.-
PROVEER DE CONFORMIDAD
                 SERÁ  JUSTICIA

jueves, 5 de septiembre de 2013

PROTESTA EN MAR DEL PLATA POR LA JOVEN VIOLADA Y ASESINADA

Amigos y familiares de la joven Patricia Ardiles violada y asesinada en el barrio Jorge Newbery mostraron pancartas exigiendo justicia. Se mostraron tranquilos con el accionar de la justicia y el poder político.
Mostrando pancartas donde se pide justicia por el asesinato de Patricia Ardiles, familiares y amigos de la joven se concentraron en las puertas de la municipalidad. Previamente estuvieron reunidos en Tribunales con la fiscal de la causa, María Esther Sánchez.
“Queremos ayuda para que este caso se esclarezca. De parte del intendente tuvimos buena predisposición ya que nos ayudó en todo momento”, dijo Carlos, hermano de Patricia.
El hombre estaba acompañado de su madre quien estaba visiblemente quebrada por la situación. “Quien sepa algo y pueda demostrarlo le pedimos que se acerque a la Fiscalía o se comunique con nosotros. Sin dar nombres pero queremos que nos ayuden. Sabemos que hay personas que vieron algo pero tienen temor de hablar porque es gente del barrio”, agregó Carlos Ardiles.
Consultado finalmente si están conformes con el accionar de la justicia, sostuvo que “estamos satisfechos, no tenemos nada que decir de nadie, incluso la policía nos ha informado de cómo va la investigación. Estamos muy conformes”.

EL HECHO

Patricia Silvana Ardiles de 23 años, fue hallada sin vida en el predio de seis manzanas delimitado por Alberti, Alvarado, 206 y 212, en el barrio Jorge Newbery.
El cuerpo de la joven habría sido llevado hasta este predio desde otro lugar. Según informaron, tenía las piernas atadas y signos de haber sido violada, ya que se encontraba desvestida.
La joven fue reconocida en la morgue judicial por su hermano, luego que la madre alertara a la policía que su hija había salido de su casa, ubicada en calle 228 y Garay, a las 20 del viernes y no la vio regresar.
Ardiles trabajaba en una cooperativa de la Sociedad de Fomento del barrio Jorge Newbery y presentaría un retraso madurativo. Por su parte el único imputado permanece detenido y se negó a declarar ante la justicia.

Fuente loquepasa.net


LA COMISARIA MAYOR Y ABOGADA GRACIELA CUÑAL COORDINA EL OPERATIVO CONTRA LA DELINCUENCIA EN MAR DEL PLATA

La comisaria mayor y abogada Graciela Cuñal coordina la tarea de la Policía con Prefectura en el amplio operativo de seguridad montado en la ciudad. Tiene vasta experiencia en esa función. De hecho, la cumplió durante la inundación de La Plata. 

Hija y nieta de dos hombres que fueron efectivos de la Policía Federal, a los 17 años Graciela Cuñal no quiso esperar a cumplir los 19 para poder incorporarse a esa fuerza. Por eso optó por ingresar a la Bonaerense, donde por aquel entonces se admitía a jóvenes recién salidos de la escuela secundaria. "No quería parar de estudiar y por eso elegí iniciar mi carrera en la Policía de la Provincia", le explicó Cuñal a LA CAPITAL. 
Con 31 años de profesión, tiene el cargo de comisaria mayor y es la segunda jefa de Fuerzas Federales, una dependencia del Ministerio de Seguridad y Justicia que, cada vez que la situación lo amerita, coordina la tarea de la Policía con la de las fuerzas de seguridad nacionales.
La semana pasada Cuñal se estableció en Mar del Plata acompañando al jefe máximo de la institución, Hugo Matzkin, con la consigna de coordinar las tareas que la Bonaerense está desarrollando junto a Prefectura en el marco de un inusual y amplio operativo para combatir al delito.
Madre de dos hijas y esposa de un policía retirado, Cuñal es además abogada y está doctorada en Derecho Penal, egresada de las universidades Nacional de Lomas de Zamora (UNLZ) y Nacional de Buenos Aires (UBA).

Dos miradas de Mar del Plata

"Conozco mucho a Mar del Plata por haber venido durante años rigurosamente de vacaciones con mis padres. Pero ahora la estoy observando desde una perspectiva policial y con todos los sentidos puesto en el trabajo que vinimos a hacer. Es una ciudad que ha tenido un crecimiento en todo sentido, con una problemática diversa y compleja", explicó.
- ¿Por qué razón la sociedad suele reclamar la participación de fuerzas federales cada vez que se considera que existe alguna crisis de seguridad?
- Creo que el conjunto es lo que hace a la cuestión. Las fuerzas federales pueden trabajar perfectamente en coordinación con nosotros y eso está demostrado por la experiencia. Así, cada uno puede abordar desde un punto de vista un aspecto del fenómeno y se entiende que esto suma y aporta a una mejor solución. Nuestra consigna puntual es la de prevenir el delito y a eso es a lo que estamos todos abocados.
- Siendo que la Policía es la que conoce el territorio, ¿cuál es el aporte que pueden hacer las fuerzas federales en circunstancias como la que hoy se vive en Mar del Plata?
- Ayudan, esencialmente, a reforzar la tarea de prevención y, eventualmente, cuando se requiere su participación en situaciones especiales, es muy importante su apoyo. Estamos trabajando en una misma frecuencia y compartiendo una misma información. En el caso de Mar del Plata, al contar con la colaboración de la Prefectura, disponemos del apoyo de una institución que además conoce ampliamente ciertas problemáticas de orden local.
- ¿Con qué referencias sobre la situación general del delito llegó a Mar del Plata?
- Yo vine a coordinar las tareas con Prefectura como función específica ya que es algo que suelo hacer en distintas circunstancias, como ocurrió por ejemplo con las inundaciones en La Plata. Para este caso a mí me convocó el jefe de Policía por mandato del gobernador y el ministro para dar un servicio que se considera necesario en este momento para la ciudad.
- ¿A qué atribuye la creciente preocupación de la sociedad por el fenómeno del delito?
- Es lógico que la gente se sienta preocupada. Como vecinos a todos nos toca de cerca y como seres humanos compartimos esa preocupación aunque seamos policías. De ahí surge esta necesidad de volcar más recursos humanos en donde hace falta para sentirnos seguros.
- ¿Por su experiencia considera que esta preocupación está fundada en un empeoramiento objetivo de las condiciones de seguridad?
- Siempre hay razones objetivas que dan inicio a algo y esto está acompañado de causas subjetivas. Uno siempre parte de lo que siente para evaluar un peligro y hoy muchos sienten que pueden ser víctimas de un delito. Nosotros estamos para que la sociedad se sienta más segura y evitar que, objetivamente, se produzcan delitos. Soy optimista y creo que las cosas pueden solucionarse de a poco.
- Este operativo pudo haber generado mayor tranquilidad, pero en el fondo existen expectativas de que no se trate de una respuesta pasajera.
- Mientras que la Policía considere que sea necesario, la presencia del personal va a estar asegurada en Mar del Plata. Sin perjuicio de ello hay planes a largo y mediano plazo para sumar nuevos recursos a Mar del Plata y otras ciudades. De hecho en Mar del Plata hay una academia. Los policías no se hacen de un día para el otro, sino que tienen que capacitarse para prestar un servicio y eso es lo que se está haciendo. Por eso digo que soy optimista, porque creo que en el mediano plazo se va a mejorar.
- ¿Con 31 años en la profesión y habiendo visto pasar a varias camadas de policías, qué evaluación hace de quienes están egresando en estos tiempos?
- Tenemos que adaptarnos a los cambios para mejorar. El personal, desde hace varios años, está cada vez más capacitado y muchos por cuenta propia son incentivados para estudiar la profesión que quieran. Hoy veo y controlo los operativos y veo a los chicos y pienso que tienen la misma edad que mis hijas. Los trato de cuidar y de aconsejar. No me gustaría que les pasara algo. Los veo jóvenes pero siento que tienen muchas ganas y están preparados.
- ¿Cree que la realidad que enfrentan es más compleja que la que le tocó enfrentar a usted en sus comienzos?
- Puede ser. Pero yo viví en otras épocas y ellos en esta. Por lo tanto ellos nacieron en una realidad diferente y tal vez los adultos tenemos el defecto de pensar en cómo eran las cosas antes y tendemos a sobreproteger. Hoy existen ventajas y desventajas. Lo correcto es asumir a este tiempo como es. Los que tenemos que adaptarnos somos los más grandes, lo que no significa adaptarnos al delito.
- ¿Piensa que le tocó ser parte de una generación de mujeres que debió conquistar un espacio en la fuerza?
- Creo que sí. Cuando llegué a la primera comisaría yo era la única mujer, junto a una señora mayor, y no teníamos baño para nosotras. A medida que pasó el tiempo, no me puedo quejar, tuve siempre jefes conscientes de la necesidad de ir haciéndole un lugar a la mujer. No puedo decir que la realidad haya cambiado en todo, pero con el correr de los años el lugar para la mujer se amplió en muchos órdenes.
- ¿Cómo percibe que fue recibido este operativo en la ciudad?
- Todos se han puesto a disposición y ofrecido su colaboración para ayudar a mejorar la situación y eso es muy valorable.
- Como policía y abogada, ¿cómo analiza el reproche que suele dirigirse hacia la Justicia que suele resumirse en frases como "a los delincuentes los atrapan pero la Justicia los libera"?
-Siento que hay que poner un gran esfuerzo para que esto funcione. Cuando las leyes están, están para que se cumplan. El personal policial trabaja y creo que el tema está en lograr una administración de los recursos de manera distinta. Yo soy una persona de Derecho y creo que las garantías constitucionales están para todos. Pero hay que cumplir con las leyes. Por eso si alguien comete un delito tiene que ser juzgado y se debe cumplir una pena. Las cosas funcionarían mucho mejor si cada eslabón de la cadena cumpliera con lo que tiene que hacer. Eso es lo que pienso personalmente.

Fuente Diario La Capital de Mar del Plata