Por Hernán Cocchi, para el Diario Tiempo Argentino
Si los propietarios de radios y canales de TV no cumplen con los requisitos técnicos y de contenidos, la Autoridad de Aplicación podrá suspender el permiso para emitir publicidad o quitarles la licencia. Era un paso pendiente.
En cada aparición pública, el titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), Gabriel Mariotto, insiste en recordar que la Ley de Medios de la Democracia está aplicable y que poco a poco se empezarán a ver los resultados en las pantallas de televisión y en las radios. Hoy, la AFSCA publicó en el Boletín Oficial la resolución que establece el procedimiento para aplicar sanciones contra quienes no respeten la Ley 26.522. El organismo tiene ahora las herramientas para hacer cumplir la nueva norma. El criterio es que las multas no están para ser cobradas sino para que los propietarios de licencias conozcan los límites para operar. Hasta este momento, el juego de los empresarios era incluir en los costos de producción las sanciones que establecía la vieja Ley de Radiodifusión de la dictadura. Hecha la ley, hecha la trampa.
A partir de la nueva medida, la autoridad de aplicación deberá evaluar la gravedad de la infracción y analizar si existe reincidencia antes de iniciar un sumario. Los programadores de radio y televisión deberán abandonar la práctica de pensar los contenidos y vender los valorados segundos publicitarios con el precio de la multa incluido. Aunque parezca mentira, hasta la actualidad, en la factura que se les entregaba a los anunciantes figuraba el monto de la sanción. Todos lo sabían, todos lo hacían.
El ejemplo más conocido es el programa de Marcelo Tinelli, que oscila todas las semanas entre los 25 y los 30 puntos de rating promedio. Una casa de electrodomésticos X considera que la voz del conductor más visto de la Argentina le reportará un incremento en las ventas, aunque esté prohibido que alguien sin carnet de locutor nombre una marca comercial. Además, ShowMatch camina todas las noches en el límite de la cantidad de minutos de avisos comerciales permitidos. Hasta antes de la sanción de la Ley de Medios, era preferible para la producción de los programas y para el auspiciante pagar las multas antes que dejar de facturar. Para resolver esa “avivada”, el artículo 105 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual establece que la reiteración de una falta leve en el mismo año será considerada falta grave y correrá el riesgo de perder la posibilidad de emitir publicidad. En caso de que la infracción se cometa en reiteradas oportunidades, la AFSCA podrá disponer la caducidad de la licencia.
En los pasillos del ex COMFER explican con una sonrisa en los labios que “la Ley de Medios se viene con todo”. Es que en el lapso de una semana Gabriel Mariotto puso en vigor dos resoluciones que obligarán a los medios de comunicación a adaptarse a las nuevas reglas de juego. Además del nuevo marco de sanciones, la AFSCA firmó un convenio con la Administración Federal de Ingresos Públicos para actualizar el padrón de licenciatarios y poder construir el mapa de medios actualizado y público. El trámite se realizará por la página web del ente fiscal.
Aunque parezca mentira, la información sobre la propiedad de los medios en la Argentina es un secreto que poco a poco sale a la luz. La venta y reventa de acciones y licencias les permitió, durante muchos años, a los multimedios controlar directa o indirectamente radios, canales de televisión y distribuidoras de TV por cable de todo el país sin que el Estado cuente con la información de primera mano. Sin esos datos, el control de la aplicación de la ley se tornaría imposible. Para que sirva de ejemplo: hoy, una consultora privada ofrece a un “precio razonable” un mapa de medios más o menos actualizado. En los pasillos de la AFSCA afirman que en el corto plazo, la web de la autoridad de aplicación ofrecerá en forma gratuita y abierta esa enorme madeja de información sobre accionistas y sociedades.
El Sistema Interamericano de Derechos Humanos establece una serie de requisitos para resguardar a los medios de controles autoritarios por parte del Estado. Según el texto publicado hoy, tanto la Ley de Medios como los procedimientos para sancionar a los infractores responden a los preceptos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Cuando se habla de libertad de expresión, la responsabilidad es posterior al hecho. No hay forma de que a priori el Estado controle a los licenciatarios porque podría argumentarse que se ejerce censura. La AFSCA deberá evaluar la gravedad de las sanciones anteriores, la repercusión social de las infracciones y su impacto en la audiencia y el beneficio que trajo esa violación de las reglas de juego al infractor.
En nuevo régimen de procedimientos de las sanciones es el siguiente paso de la aplicación de la Ley de Medios luego de la reglamentación firmada por la presidenta Cristina Fernández y el fallo de la Corte Suprema que puso un freno a la justicia cautelar que, en distintos casos, benefició al multimedios Clarín.<
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