El intendente explica la forma en que se debe
sancionar a los empleados que realizan
retención de tareas.
Los funcionarios del gobierno municipal recibieron
durante los últimos días en su despacho siete carillas
que amenazan con profundizar el conflicto que mantiene
paralizada a la ciudad en plena temporada: el intendente
Carlos Arroyo les hizo llegar un memorándum en el
que les explica cómo deben ser sancionados los
empleados de la comuna que se suman a la medida de
fuerza.
“No lo podemos creer. En vez de vestirse de bomberos
para apagar el fuego, lo que hacen es avivar las llamas.
Nos llaman a una reunión en el Ministerio de Trabajo y
antes hacen esto. Es de locos”, le dijo a LA CAPITAL
una fuente del sindicato que reconoció que ya estaban
enterados del documento.
Antes de comenzar a detallar el procedimiento de suspensión
de un trabajador, el intendente explica en el memorándum
que la sanción deberá aparecer cuando “el trabajado
r comete una falta disciplinaria, tales como la falta de respeto
a un superior jerárquico y a sus compañeros de trabajo, no
proceder con cortesía, diligencia y ecuanimidad”.
El memorándum también hace un ránking de las sanciones
que puede aplicar cada funcionario según la jerarquía. Por
ejemplo: un secretario puede determinar una sanción de
hasta diez días mientras que un jefe de División sólo podrá
aplicar suspensiones de un día. Todos lo integrantes de la
escala de funcionarios podrán aplicar llamado de atención y
apercibimiento.
Para los casos en los que la sanción implica una suspensión
de diez días, el intendente fija los pasos a seguir. “Si bien no
se exigen sumario previo, no obstante ello, debe asegurarse
un procedimiento breve que brinde al trabajador las garantías
de debido proceso previo”, explica el artículo. Y agrega
: “Lo cual significa darle la oportunidad de que se produzca
descargo, ofrezca prueba y el dictado de una resolución
fundamentada”.
El memorándum también hace
un
ránking de las
sanciones que puede aplicar cada funcionario según la jerarquía.
Luego, en el título “instructivo; procedimiento breve de sanción directo” se advierte que antes de aplicar un apercibimiento, llamado de atención o suspensión de hasta 10 días, los funcionarios deberán seguir una serie de procedimientos.
“Citar al trabajador y comunicarle los cargos que se le imputan mediante nota nominada dirigida al agente municipal que podría titularse ´Comunica inicio de procedimiento disciplinario de sanción directa´a tal efecto se le dará trasladado por el termino de cinco días hábiles para que produzca descargo y ofrezca prueba, el que se le notificará personalmente en su lugar de trabajo o bien en el domicilio declarado en su legajo”, dice el primer artículo. Y continúa: “Se sugiere confeccionar un registro de notas asignándole a cada trabajador un número de registro individual; individualizándose: apellidos, nombres, legajo, DNI y dependencia”.
Otro tramo destacado del documento es la parte en la que
Arroyo le da a los funcionarios un modelo de nota para
intimar a los trabajadores. “Me dirijo a usted con la presente
finalidad de comunicarle que se le ha iniciado un
procedimiento disciplinario breve de sanción directa”.
comienza. Y explica: “Que la medida adoptada a partir
del día 14 de diciembre de 2018 consiste en la retención
de tareas en el lugar de trabajo no ha sido formal y
expresamente comunicada a este superior jerárquico ni al
señor intendente municipal”.
Luego, el siguiente párrafo expresa: “Que sin perjuicio de
la falta de notificación formal y expresa – en ningún
momento usted me avisó de dicha medida y actitud- dicha
medida resulta intempestiva, unilateral e ilegítima, toda vez
que estando cumplido en tiempo y forma el pago de los
salarios mensuales resulta injustificado la no prestación
de la fuerza de trabajo a favor de la Comuna”.
El memorándum confeccionado por el intendente impactó
con rapidez en algunos funcionarios: la subsecretaria de
Hacienda Verónica Giovaniello pidió que se confeccion
e un listado con los trabajadores que se adhirieron a la
retención de tareas en la Agencia de Recaudación Municipal.
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