jueves, 17 de junio de 2010

PIDEN QUE SE DECLARE INCONSTITUCIONAL LA ORDENANZA POR LA CUAL SE CONDONO A SUPERMERCADOS TOLEDO DE MAR DEL PLATA UNA DEUDA DE $ 600.000

*Luciana Acosta
www.0223.com.ar

Un ex empleado de Supermercados Toledo, junto a otra persona que actualmente vive en estado de indigencia, presentaron una acción de amparo ante la Justicia local con el objeto de que se declare la “inconstitucionalidad” de la ordenanza por la cual se le condonó a la firma una deuda de $ 600 mil, por considerarla “discriminatoria” y “violatoria del principio de igualdad ante la ley". La causa quedó radicada en el Juzgado Civil y Comercial N° 5, a cargo del magistrado Rodrigo Cataldo, quien en los próximos días se tendrá que expedir sobre el planteo efectuado. De prosperar el amparo, no se podria materializar el perdón de la deuda y, además, serviría como un antecedente que frenaría el expediente que se pretende aprobar este jueves en una nueva sesión del Concejo Deliberante por el cual se le exime de pagar otro millonario monto a empresarios de la pesca. En las últimas horas, un ex empleado de la firma Toledo, Rubén Godoy, junto a otra persona que reside en la calle, Oscar Enrique Noli, presentaron ante la Justicia un recurso de amparo promoviendo que se declare “inconstitucional” la sanción de la ordenanza particular por la que se condonó una deuda exigible a la empresa Supermercados Toledo SA; debido a que considera que con el otorgamiento de ese beneficio “se afecta al erario público municipal y con esto, la posibilidad de destinar esos recursos económicos al cumplimiento de las obligaciones del Estado Municipal en mejorar la calidad de vida de los vecinos de la ciudad de Mar del Plata, atender necesidades en áreas de la salud, educación, vivienda, entre otros derechos que se encuentran reconocidos en nuestra Carta Magna, como así también por los Tratados Internacionales de Derechos Humanos con jerarquía constitucional”. A su entender, “la declaración de nulidad conlleva necesariamente la protección un interés colectivo que es la protección y correcta administración y destino del dinero municipal; el que poseen todos los integrantes de la comunidad”. LA POLÉMICA CONDONACIÓN En el texto presentado ante la Justicia, el cual dio inicio a una causa que quedó radicada en el Juzgado Civil y Comercial N° 5, a cargo del Dr. Rodrigo Cataldo, los particulares -con el patrocinio del Dr. Julio Hikkilo-, recordaron que “inesperadamente, el pasado 28 de abril de 2010, ingresó al Honorable Concejo Deliberante un proyecto de Ordenanza firmado e impulsado por un pequeño grupo de concejales, por medio del cual se pretendía insólitamente condonar parte de la millonaria deuda que mantiene la firma Supermercados Toledo SA con el Municipio de General Pueyrredón”. En ese orden, destacaron que “el procedimiento utilizado es incorrecto, ya que es el Poder Ejecutivo el que debe firmar los acuerdos y luego someter a consideración del Deliberativo, quien acompañará o no lo suscripto por el Ejecutivo”, pese a que “aquí se hizo exactamente lo contrario”. Y advirtieron que, “considerando que no se debía aprobar la ordenanza en cuestión por sobrados fundamentos de hecho y derecho, se han realizando gestiones y presentado notas ante los poderes Ejecutivo y Deliberativo local para evitar semejante dislate, aunque no se escucharon las razones expuestas ni se suspendió su tratamiento”. “Además, se ha solicitado la intervención de la Defensoría del Pueblo local, a fin de que intervenga en defensa del Erario Público y en representación de toda la comunidad. Según lo informado por la Defensoría, la misma solicitó al Ejecutivo que evaluara otras posibilidades que no implicaran lisa y llanamente el perdón de la deuda”, enfatizaron. En ese sentido, expusieron que “el día 13 de mayo, sorpresiva e inesperadamente -entre gallos y media noche-, sin discusión previa en las comisiones correspondientes y con la presencia de directivos de la empresa Supermercados Toledo SA en la sala del Concejo Deliberante, se aprobó la condonación de deuda a la mencionada empresa”, a la vez que recalcaron que, si bien “se ha solicitado al Intendente Municipal que vetara la ordenanza, el mismo hizo caso omiso, y fue más allá: la promulgó”. “Así, con la sanción de la Ordenanza N° 19.761 se acepta la propuesta de pago efectuada en el concurso preventivo por la empresa Supermercados Toledo SA y se le condona el 50% de la deuda reconocida admisible en el concurso, de un monto de $1.082.001,77. Se le concede a una empresa un privilegio especial despilfarrando dinero del erario público”, cuestionaron en otro párrafo de la presentación a la que 0223.com.ar tuvo acceso en forma exclusiva. Asimismo, los amparistas aseveraron que “los funcionarios públicos han dictado una resolución contraria a la Constitución o a las leyes nacionales y provinciales, especialmente la ley provincial n° 14.048” y apuntaron: “En esta norma se contempla un despliegue arbitrario en la función, contrariando lo que constitucional o legalmente, es lo debido y obligatorio; se da un mal uso de la autoridad dentro de la propia función”. Y sentenciaron: “Claramente los funcionarios emplean la autoridad de la que fueron investidos para violar la Carta Magna y las Leyes: con esta decisión, el Ejecutivo y Deliberativo han incurrido en un acto irrazonable y se han traspasado límites morales, éticos y legales por cuanto, tal como consta en el expediente N° 1535-V-2010 que tramitó el proyecto de ordenanza, la Contaduría Municipal desaconsejó en su oportunidad la condonación de deuda mencionada en el informe que le fuera solicitado; el Tribunal de Cuentas Provincial no autorizó expresamente la condonación efectuada; así como Supermercados Toledo SA no encuadra en las previsiones y requisitos previstos en la ley Provincial 14.048 para que se le condone la deuda”. “Como surge expresamente de los fundamentos de la ley que se aplicó incorrectamente aquí, la misma está destinada a “…generar mecanismos que contribuyan a una más equitativa distribución del ingreso…”. Su espíritu es dotar de una herramienta que tienda a mejorar la distribución del ingreso de los sectores más vulnerables y entidades de bien público y no para concentrar aún más los mismos, beneficiando a grandes empresas comerciales como se sucedió aquí. Se violó con claridad el espíritu de la ley”, fundamentaron. En tanto, Noli y Godoy repasaron que “el artículo 1° de la ley faculta a los municipios a condonar hasta la totalidad del capital e intereses cuando razones sociales así lo justifiquen” pero “no se hace mención en la ordenanza sancionada qué razones sociales fueron tenidas en cuenta o consideradas para su aprobación”. “Por otra parte, este tipo de acciones o exenciones debe ser implementado con carácter general, es decir, comprendiendo a un conjunto de beneficiarios; y no como se realizó en este caso concreto, a una sola empresa”, añadieron. “La ordenanza dictada y el decreto de promulgación violan el principio de razonabilidad y constituye una clara discriminación, es decir, se ha dictado una norma sin sustento legal y sin fundamento fáctico”, sostuvieron más adelante, al tiempo que subrayaron que “en rigor de verdad, la ordenanza se asimila a un escrito redactado por la dirección letrada de la empresa beneficiada; no se ha dictado en defensa de los intereses de los vecinos que los votamos, sino en defensa del interés personal del Sr. Antonio Toledo y su empresa y esto afecta el principio republicano de gobierno”. “La norma es un acto privado y no público, tal como debe ser una ordenanza y surge el carácter manifiesto de la ilegalidad y la entidad de su impacto lesivo”, agregaron. “¿CÓMO ES POSIBLE QUE A TOLEDO SE LE PERDONE SEMEJANTE DEUDA Y A MÍ NI SIQUIERA SE ME DE UN ALBERGUE PARA DORMITAR?” A su vez, Noli y Godoy repararon en que “como es de público conocimiento, Supermercados Toledo SA ya ha sido beneficiada durante 3 años con el pago de haberes de su personal mediante el Programa de Recuperación Productiva otorgado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. Es decir, se le abonó a la empresa la mitad del sueldo de todo su personal (más de 2.300 trabajadores) a fin de preservar las fuentes de trabajo”, aunque, “pese a ello, violó impunemente la reglamentación y el compromiso asumido, despidiendo a muchos trabajadores y negándose arbitrariamente a reincorporar a los mismos; e indujo a otros tantos a acogerse a retiros “voluntarios”, que fueron en realidad despidos encubiertos”. “La abultada deuda que mantiene Supermercados Toledo S.A. con el municipio demuestra a las claras un comportamiento evasivo y moroso durante muchos años y la falta de responsabilidad social de la empresa. Hay aquí además connivencias y responsabilidad penal de los funcionarios municipales que durante años, estando obligados a exigir el pago de las deudas, han tolerado y permitido que Toledo no pagara, generando el pasivo existente con la comuna, motivo por el cual se formuló denuncia penal a fin de que se investigue la conducta de los funcionarios de turno que, estando obligados a gestionar el cobro de la deuda, con su omisión toleraron que la empresa no pague”, manifestaron en otro apartado. Por otro lado, los denunciantes sostuvieron que la firma “ha generado deudas y provocado su concurso preventivo, para beneficiarse con esta situación y no responder ante los trabajadores, acreedores y el Estado”.”La empresa no está pasando por una crisis económica y ello lo demuestran sus propios actos, entre ellos la apertura reciente de un nuevo supermercado, o las exportaciones de su producción al exterior por sumas millonarias. Así, Supermercados Toledo SA está asociada al Centro de Empresas Procesadoras de Avícolas (CEPA), que anunció con bombos y platillos que exportará 80 mil toneladas de pollos a Venezuela por un valor de U$S 140 millones”, especificaron. Incluso, manifestaron, “ha vendido varios de sus supermercados a fin de regularizar su situación patrimonial (Balcarce, Miramar, por ejemplo) y según el informe de la sindicatura presentado en los autos “TOLEDO, JUAN ANTONIO s/ Concurso preventivo”, que tramita por ante el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 7 del Departamento Judicial Mar del Plata, la empresa ha recuperado notoriamente su capacidad de trabajo y por la venta de los mercados ha obtenido 61 millones de pesos”; tras lo cual definieron que “la aprobación de esta ordenanza constituye un acto irrazonable y excesivo, y una grave contradicción del poder político, ya que desde el propio municipio se reconoce públicamente la grave situación de déficit y desfinanciamiento que padece la comuna por falta de recursos económicos, y además se creó el fondo solidario para la salud y este año se aumentaron a todos los vecinos las tasas municipales: no sobran recursos económicos”. “Actualmente -reseñaron- existen reclamos de sectores humildes y postergados de la ciudad que no se atienden y los planes que están no se ejecutan por falta de recursos económicos en las arcas municipales. En los barrios periféricos hacen falta salas de atención primaria, escuelas, etcétera; incluso se han rechazado pedidos de condonación a personas de muy bajos recursos argumentando que se encontraba comprometido el erario público”, comparó en tal sentido. Además, Noli indicó que en la actualidad “la comuna no brinda alojamiento adecuado a centenares de personas indigentes que extrema necesidad y carencia total de recursos duermen en las calles de esta ciudad”, y advirtió: “Yo, Noli, soy uno de ellos, y ví fallecer a un compañero de calle el año anterior de un para cardiáco provocado por el terrible frío que debemos soportar en la vía pública durante las noches!. ¿Cómo es posible que a Toledo se le perdone semejante deuda y a mí ni siquiera se me de un albergue para dormitar? ¿Es que acaso hay ciudadanos de primera y otros de segunda?”. “Fundadas razones legales y sociales, a la vista de toda la ciudad, obligan a la municipalidad a cobrar la deuda que mantienen los grandes contribuyentes, entre ellas la empresa Toledo, que se ufana públicamente de las enormes ganancias que obtiene de las exportaciones de sus productos elaborados (chacinados, pollos, entre otros)”, aseguraron, y arremetieron: “La aprobación de esta ordenanza implica una burla, grave discriminación y falta de respeto a los comerciantes PyMES, vecinos, trabajadores y desocupados que, gravemente afectados por la crisis, la desocupación y la inflación, realizan día a día terribles esfuerzos y privaciones para abonar la tasa municipal y en muchos casos están siendo amenazados con juicios por imposibilidad de pago y que no cuentan con este beneficio”. “Perdonar al/los empresario/s más poderoso/s de la ciudad y obligar el pago a los sectores débiles, vulnerables y a los que están comprometidos con la creación de puestos de trabajo en la ciudad, además de representar una gran inmoralidad, constituye una complicidad, traición, provocación al resto de la sociedad y un obrar ilícito que la Justicia no puede excusarse de subsanar, ello si quiere demostrar su imparcialidad”, declararon. En esa línea, los amparistas dejaron en claro que entienden que “se debe bregar por la conservación de los puestos de trabajo en las empresas que presenten concurso o estén con problemas económicos, pero cobrando la deuda existente mediante un plan de pagos justo y razonable”, luego de lo cual rememoró que “se ha propuesto en este caso además a los concejales y a Supermercados Toledo S.A. que pague la deuda en especie, entregando pollos a los comedores infantiles de la ciudad, que por el alto de precio de la carne hace mucho tiempo que no incluyen en la dieta de los chicos la carne pero esto tampoco fue escuchado ni tenido en cuenta”. Por último, razonaron que “la facultad de firmar convenios de pago y/o condonación de deuda es facultad del Poder Ejecutivo y no del Honorable Concejo Deliberante, quien debe actuar con posterioridad, acompañando o no lo suscripto por el intendente y en este caso, dentro de la ordenanza general se perdona la deuda a un empresario en particular, inmiscuyéndose el HCD en facultades privativas del Poder Ejecutivo”, y criticaron el hecho de que “los vecinos de la ciudad, Asociaciones de Fomento, sindicatos, Concejales y Cámaras (CAMECO–APYME) empresariales no fueron consultadas y han manifestado públicamente su rechazo a la condenación de deuda efectuada”. “La condenación de deuda al sector empresarial constituye un notable privilegio que no se concede a los demás ciudadanos y se los excluye en iguales o mucho peores circunstancias. Con el perdón de deuda se afecta el patrimonio público, y el derecho a la salud, a la vida, a una vivienda digna, entre otros, de los vecinos de la ciudad que por falta de recursos no pueden acceder a los mismos”, concluyeron.
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