*Ramiro Rech
Cada vez que se menciona la responsabilidad de los jueces penales en la inseguridad (algo que ocurre muy cada tanto y nunca en base a argumentos técnicos concretos), éstos automáticamente “se abren” y dicen que no tienen nada que ver y que no pueden hacer nada porque sólo deben limitarse a cumplir las leyes y si éstas no son buenas no son ellos los encargados de modificarlas.
Tan cierto es que nuestras leyes penales en general son malas y sumamente permisivas como que los jueces penales tienen una gran responsabilidad a la hora de aplicar –o mejor dicho, no aplicar- las penas que esas mismas leyes establecen, contribuyendo de esa manera a agravar notoriamente el problema de la inseguridad.
En éste artículo voy a explicar cómo regula las penas nuestra ley y como las aplican los jueces en la práctica.
Nuestras leyes penales tienen el sistema de “escalas” penales, es decir, para cada delito impone una pena que va de un mínimo a un máximo de años y que debe elegir el juez o tribunal en cada caso.
En otras palabras, la Justicia Penal elige una pena de una escala que surge de la ley.
Nuestro Código Penal les da a los jueces una gran libertad a la hora de fijar esa pena.
Vamos a graficar con un ejemplo: el homicidio simple tiene una escala de 8 a 25 años.
Si nosotros hiciéramos una especie de promedio matemático, el punto medio de esa escala sería 16,5 años (8,5 más que el mínimo y 8,5 menos que el máximo).
¿Cuántos años de condena suelen imponer nuestros tribunales en la práctica?
8, 9 ó10.
…15 años ya es “una locura”.
Más del 90 % de las condenas por homicidio -sino el 100 %- están en la franja “pegadita” al mínimo.
¿Por qué?
Una vez más, y como vimos en anteriores artículos, porque los jueces están convencidos de que la cárcel no sirve y de que encerrar a un delincuente está mal, razón por la cual aplican las penas de manera de reducirlas lo más posible.
Si alguno de Uds. ve en los medios alguna pena por homicidio de, digamos, 18 años, seguramente es porque el condenado es reincidente o se le acumuló la pena con otra de un delito anterior.
Debo aclarar que nuestra ley no obliga a los jueces a “partir al medio” como sugerí antes para ejemplificar la idea, pero también debo decir que en ningún lado de nuestro Código Penal dice que la casi totalidad de las condenas deban ubicarse en el cuarto inferior de la escala.
En el anterior artículo vimos como los jueces tienden casi siempre a imponer penas que puedan ser dejadas “en suspenso” (el condenado queda libre) y acá vemos como, incluso en los casos en se condena a alguien a la cárcel, los jueces le imponen la menor pena posible.
¿Y después dicen que no tienen nada que ver?
La verdad es que los jueces penales sí pueden hacer algo para combatir la inseguridad:
Pueden aplicar penas más cercanas, como mínimo, al “medio” de la escala penal.
Podrán advertir que ni siquiera estoy pidiendo que apliquen el máximo (algo que no debe haber ocurrido jamás en la historia argentina a pesar de la gran cantidad de casos en que hubiera sido justificado).
Podrán advertir también que para llevar a cabo esta propuesta no hace falta modificar ninguna ley, sino aplicar mejor las escalas que ya existen hace casi noventa años.
Para terminar el artículo con una propuesta concreta, creo que sería muy útil, además de la propuesta que hice anteriormente de publicar las sentencias penales por internet, exigirle a los aspirantes a jueces penales que expresen públicamente su posición respecto a la aplicación de penas.
Esa declaración se publicaría por internet y quedaría archivada para ser consultada en cualquier momento.
De esa manera podríamos conocer de entrada el criterio de cada uno de aspirantes y saber si son partidarios de aplicar penas bajas, intermedias o altas, lo cual otorgaría gran transparencia a la selección, le daría tranquilidad al candidato a juez (que de ser elegido podría argumentar luego que su postura era conocida públicamente) y le permitiría a la sociedad debatir abiertamente sobre el perfil que pretende para quienes van a tener la excelsa misión de impartir Justicia en la sociedad.
Hasta la próxima…
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