miércoles, 3 de agosto de 2011

LA UTILIZACION DE LAS SOCIEDADES COMERCIALES URUGUAYAS PARA EL LAVADO DE DINERO

A partir de fines de los años 80 las sociedades comerciales uruguayas se han hecho crecientemente presentes en la agenda de los delitos comerciales. Particularmente esto se ha incrementado en lo que tiene que ver con lavado de activos producto de la evasión impositiva, del narcolavado y del fruto de la corrupción política.
Mientras en Uruguay la producción casi industrial de diferentes figuras jurídicas favorecedoras del lavado de dinero -por ejemplo, la Auditoria Interna de la Nación en Uruguay comprobó en 1999 que se habían creado durante el año 4374 SAFIs (una de las modalidades off shore uruguayas) contra 2310 sociedades anónimas domésticas- los gobiernos de la región y los organismos internacionales han criticado abiertamente la política uruguaya al respecto. Es así que el organismo internacional GAFI -que supervisa los controles nacionales contra el lavado de activos- en junio de 2000 puso a Uruguay como uno de los cinco países que debían ser particularmente puestos bajo la lupa. La resolución oficial del GAFI 2000 encomendó a Italia la confección de un informe profundo sobre la política de producción de figuras comerciales uruguayas. Como se sabe, cuando un país es sancionado por GAFI pierde toda posibilidad de obtener créditos internacionales. El proceso de vigilancia sobre Uruguay -pese a que este país aprobó, apresuradamente al comienzo del actual año legislativo, una ley anti-lavado- verá sus instancias más decisivas durante el segundo semestre de 2001. El GAFI no ha hecho otra cosa que recoger las críticas que regularmente realiza la Receita Federal brasileña, la que acusa a Uruguay de ser el nicho financiero preferido de sus evasores fiscales.
La crónica empírica de los casos más recientes del lavado se han protegido en sociedades uruguayas. Un somero repaso permite recordar que el lavado sucesivo en el Cono Sur de los activos de los Carteles de Medellín, de Cali y de Juárez han recurrido a las figuras jurídicas uruguayas. Así, ya en los años 1988 y 1989, desde un cambio en la Av. 18 de Julio de Montevideo -Cambio Italia, Letras S.A.- lavó 500 millones de dólares.
La compra de propiedades inmobiliarias que blanqueaban la situación se realizó a través de sociedades anónimas como Airenor, Maramingo, Marytengo, Debelino, Lakevillen y Dukesne, sociedades que luego se probó eran sociedades “fantasma” vinculadas al mismo grupo cuya principal empresa era la propia Airenor. El responsable de Cambio Italia purga 505 años de cárcel en el Estado de Colorado. También le pertenecían Vindos, Atrelín, Dandonil, Sinel.
Ramón Puentes Patiño lavó desde la ciudad de Punta del Este, en los dos años siguientes los dineros procedentes del cartel de Cali. En la agenda del narcotraficante se encontraron evidencias que pusieron en cuestión a jerarquías argentinas.
La “operación Casablanca” puso al desnudo que sociedades uruguayas como Tamilur S. A. -que pagaba las cuentas de los campos de Amado Carrillo Fuentes en Argentina-, Sasur, Idafal, Larinur, Autum, Biesatur y otras, servían al lavado del Cartel de Juárez. La propia viuda de Pablo Escobar reside en Argentina pero protegía su dinero en sociedades anónimas que giraban en torno a Galestar.
En el campo de la corrupción política, la caída del Presidente Collor y de su amigo PC Farías demostró que la financiera uruguaya Alfa Trading centralizaba una organización que se ramificaba en San Pablo, Panamá y Buenos Aire
El caso argentino que puso en cuestión las actividades del Citibank y del banco República, se apoya en la actividad de cientos de sociedades financieras off shore. .
La vieja ley de “sociedades de inversión” (SAFI) promulgada en 1948 (ley 11073) establece que las sociedades off shore uruguayas paguen como único impuesto un 3 por mil de Patrimonio neto. Todo se basa, luego, en que el Estado uruguayo jamás ha controlado los balances anuales. Puestas las SAFIs en cuestión, la ley aprobada el 25 de enero de 2001 con el Nº 17292 modifica en su artículo 65 modifica la ley de Zonas Francas (15921, del 17/12/87) de manera que elimina la exigencia de presentar cualquier documentación impositiva a los usuarios off shore de Zonas Francas. Ya comienzan a comercializarse en zonas francas de Montevideo SAZF (sociedades anónimas de Zona Franca).
La permisividad del sistema uruguayo ha permitido, que todo el tema que es objeto de la Comisión Especial Investigadora sobre Hechos Ilícitos vinculados con el Lavado de Dinero, se apoye en la ingeniería jurídica uruguaya y sus estímulos que -al aunar “paraíso fiscal” con rígido secreto bancario- vienen a promover la protección de los ilícitos regionales en territorio uruguayo.

No hay comentarios: