martes, 13 de mayo de 2014

MAR DEL PLATA: CONDENARON A INTEGRANTES DE UNA RED DE TRATA CON FINES DE EXPLOTACION SEXUAL



Las penas van entre siete años y un año de prisión en suspenso. También
 hubo una absolución. Fueron juzgadas ocho personas acusadas de formar
 una red de trata con fines de explotación sexual.
Con condenas de entre siete y un año de prisión en suspenso y
 una absolución culminó hoy el juicio contra ocho personas acusadas
 de formar parte de una red de trata con fines de explotación sexual
 entre República Dominicana y Mar del Plata. Además, el Tribunal ordenó
 decomisar los bienes de los principales imputados resultantes de la explotación
 de las mujeres cautivas.
La audiencia de lectura de la sentencia se produjo hoy a las 14 en el Tribunal
 Oral Federal de Mar del Plata. Los jueces Néstor Rubén Parra, Roberto Atilio
 Falcone y Eduardo Pablo Jiménez, por unanimidad fallaron en el primer juicio
 oral y público por este tipo de delitos cometidos en nuestra ciudad.
El fallo fue recibido con felicidad por parte de las organizaciones sociales que
 acompañaron a las mujeres dominicanas denunciantes, víctimas de la red.
 Por otro lado, el fiscal Juan Manuel Pettigiani resaltó la importancia del fallo,
 más allá de las detenciones, en atacar a los bienes económicos que la red
 generó y que de no hacerlo podría facilitar que vuelva a ponerse en marcha.
De esta manera, Jorge Sánchez, acusado de ser el jefe de la red, fue
condenado a siete años de prisión, mientras que su mujer, la dominicana
 Orfelina Valdez Montero deberá cumplir la pena de cinco años. Para
 Fernando, el hijo de Sánchez, la pena a cumplir también es de
cinco años.
Por su parte, el ex efectivo de la Dirección de Drogas Ilícitas, Claudio 
Marcelo Campo, deberá purgar una pena de cuatro años y medio de prisión,
 a la vez que fue inhabilitado por el doble de tiempo. En el caso de los
 dominicanos Ángel Hernández y Carmela Concepción Colas –ambos
acusados como participes secundarios– fueron condenados a tres años
en suspenso.
Para Reinaldo Iacovone los jueces impusieron la pena de un año de
 prisión en suspenso como partícipe necesario del delito de presentación
de documentación falsa, mientras que lo absolvieron de la imputación inicial
 que lo vinculaba a la red de trata. El argumento para esto fue que la propia
 Fiscalía, en su alegado, abandonó la hipótesis inicial y se volcó a que el delito
 cometido por este imputado fue por fuera de la estructura de la red
El caso de Rosa Anyolina Adames Cruceta, para quien el fiscal Pettigiani
 pidió tres años en suspenso, resulta paradigmático ya que el Tribunal hizo
 lugar al pedido de la defensora oficial Ana María Gil quien en su alegato pidió
 la absolución basándose en la no punibilidad de aquellas personas que son
víctimas de trata, contemplada de en artículo 5 de la ley 26.364
La abogada explicó la necesidad de tener en cuenta la vulnerabilidad de Adames
 Cruceta por ser mujer, pobre y migrante, de su pasado como víctima de
violencia, de haberse visto obligada a casarse con un hombre mayor que la
 golpeaba, de dos intentos de suicidio y la llegada a la prostitución como último
 recurso, ante la falta de alternativas de vida.


Fuente: Infojus

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