viernes, 10 de julio de 2009

EL 28 TAMBIEN PERDIERON LAS POLITICAS A FAVOR DEL NARCOTRAFICO DEL GOBIERNO K Y LOS JUECES GARANTICIDAS

NO A LA DESPENALIZACION DE LA TENENCIA DE DROGA PARA CONSUMO "En opinión de muchos juristas, la tenencia de estupefacientes para uso propio no debe ser objeto de sanción penal, pues el artículo 19 de la Constitución nacional establece que las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan el orden y la moral pública ni perjudiquen a terceros están sólo reservadas a Dios y exentas de la autoridad de los magistrados. Consecuentemente, para estos juristas es inconstitucional el artículo 14 de la ley 23.937, de 1989, que reprime con prisión de un mes a dos años al que tuviera en su poder estupefacientes cuando su escasa cantidad sugiera inequívocamente que la tenencia es para uso personal. Una corriente opuesta de opinión entiende que la disposición constitucional del artículo 19 es inaplicable al caso del tenedor para uso propio, dadas la intensificación del flagelo y la creciente alarma social, que tornan exigible una acción más decidida del Estado. Nos inclinamos por esta última tendencia. Los tenedores, en su generalidad, no pueden invocar ante los jueces la tutela del artículo 19 de la Constitución. Parecería que han renunciado a ello. Ya no se esconden como antes. Se muestran ante terceros. A veces, se jactan de su condición de contraventores. Asisten a lugares concurridos. Contagian, y todo esto es verdad jurídica objetiva que no puede desconocerse. Hace medio siglo, quienes en razón de tareas judiciales debíamos tomar contacto con ellos, podíamos advertir que muchos se mostraban orgullosos de su condición. Así lo destacamos en una añeja colaboración publicada por LA NACION el 28 de junio de 1964. Ocurre ahora que algunos funcionarios del Poder Ejecutivo están afirmando que la punibilidad de la tenencia debe suprimirse porque "la ley ha fracasado". Un error, pues es realidad palmaria que el fracaso no es imputable a la ley, sino a los poderes políticos, que no financiaron debidamente el tratamiento médico-psiquiátrico de los adictos (artículos 17 y 18). La ley autoriza a la suspensión de los procedimientos típicamente sancionatorios, a efectos de practicar antes una medida de seguridad curativa por el tiempo necesario para la rehabilitación y, en su caso, para disponer la eximición de la pena. Es útil recordar que apenas sancionada la ley, que hoy está en tela de juicio, un editorial de este diario, del 6 de octubre de 1989, advirtió que los buenos propósitos del legislador, tendientes a favorecer el aspecto terapéutico y no el represivo, sólo resultarían satisfechos si fueran acompañados por una eficaz instrumentación de medidas y, sobre todo, por una infraestructura técnica que los hiciera posibles. No transcurrió mucho tiempo antes de que otra editorial denunciara la insuficiencia de los juzgadores y la falta de tratamientos de rehabilitación. No fue un fracaso de la ley. Otro de los argumentos de la tesis desincriminadora es que no se ve claro que la acción de un tenedor pueda afectar el bien jurídico tutelado, que es la salud pública. Otro error, pues el legislador está facultado para crear delitos de peligro abstracto que, por su naturaleza, no requieren prueba de daño efectivo, tal como ocurre, por ejemplo, con la tenencia de armas y explosivos o con la tenencia de instrumentos para la fabricación de monedas. Tampoco podría discutirse la antijuricidad de la tenencia para uso personal, pues el tenedor pone condiciones participativas en la cadena toxicomanígena. Compra para sí. Lo que paga es, a la postre, recibido por los sembradores, elaboradores, traficantes, que disponen de un ejército de "mulas" y de pistas clandestinas de aterrizaje. El tenedor no es jurídicamente un cómplice o un encubridor. Pero sabe que sin él no existiría el narcotráfico, al que está indirectamente ligado. Es inconcebible que una pastilla, cosa ilícita en manos del último suministrador, se pueda convertir en cosa lícita al llegar a las manos del tenedor. Lo grave de esta antijuricidad es que todos los que tienen droga para uso personal saben que están contribuyendo al envenenamiento de la humanidad por parte de empresas secretas que asesinan a policías, a propia tropa cuando le es infiel, que desequilibran las finanzas internacionales y, lo que es más grave, que de algún modo resultan responsables, en términos criminológicos, de la descerebración de millares de niños, con el paco. Otro fundamento de la tesis despenalizadora es que los adictos son enfermos y que, por lo tanto, no pueden ser sometidos a sanciones penales. Un error, pues ellos, antes de alcanzar la dependencia o adicción, han pasado por el simple uso y por el abuso. Han actuado con conciencia y conocimiento de los efectos que producen las drogas. Han elegido desordenar sus mentes, preordenar su decadencia. Y, aún enfermos, han tenido capacidad para reobrar contra sus propios males, rehabilitándose a sí mismos. A lo expuesto puede sumarse el plus de perversidad que se manifiesta en la conducta de muchos criminales en estado de drogadicción. Así, por ejemplo, el estrangulamiento innecesario de la víctima, luego de una violación, y el también innecesario asesinato alevoso después de un robo y mediando, para los autores, la posibilidad de fuga. Por otra parte, si se llega a desincriminar la tenencia será muy difícil (como ocurría hace algunas décadas) descubrir al suministrador, para el que la ley prevé una larga condena, pues le bastará a éste con tener bien guardada la mercadería, llevar consigo sólo dos o tres pequeños paquetitos y después afirmar a la policía que él es un simple consumidor. Si se llega a desincriminar la tenencia para uso personal y, además, no se crean numerosos juzgados especializados y establecimientos idóneos de rehabilitación, seguiremos siendo el país de las promesas oficiales incumplidas, que tanto deterioro causan a la fe republicana. "El autor ES EL DR. MARIANO CUNEO LIBARONA
EL 28 DE JUNIO EL PUEBLO DIJO BASTA!!!!!
HAGAMOSLO REALIDAD


SIN PERONISMO NO HAY JUSTICIA SOCIAL !!!!!

SIN REPUBLICA NO HAY DEMOCRACIA!!!

SIN DESARROLLO NO HAY ECONOMIAI!!!


PERONISMO POPULAR REPUBLICANO DE MAR DEL PLATA


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